Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Cesión del contrato estatal: noción y sujetos que intervienen

EpígrafeCesión del contrato estatal: noción y sujetos que intervienen
Resumen

El documento conceptúa sobre la viabilidad jurídica de realizar la cesión de un contrato estatal de prestación de servicios profesionales antes de su ejecución y sin que se hayan constituido las garantías correspondientes. La Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– fija la posición de que la cesión del contrato estatal es posible desde su perfeccionamiento (elevado a escrito), siempre que medie autorización escrita de la entidad contratante y el cesionario cumpla con los requisitos de capacidad jurídica, técnica, económica y financiera. Respecto a las garantías, precisa que su constitución y aprobación son requisitos de ejecución, no de perfeccionamiento, por lo que no son necesarias para autorizar la cesión. Además, señala que la plataforma SECOP II permite realizar la cesión mediante un procedimiento técnico específico, incluso antes de iniciar la ejecución, siempre que se ajusten los campos del contrato electrónico para cumplir con los requisitos mínimos de la plataforma.

Problema jurídico

Determinar qué es la cesión de la posición contractual en el contrato estatal, qué sujetos intervienen en ella y en qué condiciones un tercero ajeno a los contratantes iniciales puede asumir los derechos y obligaciones pendientes.

Fragmentos citables
El inciso tercero del artículo 41 de la Ley 80 de 1993 prescribe que “Los contratos estatales son intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrados no podrán cederse sin previa autorización escrita de la entidad contratante”. De tal manera para que proceda la cesión del contrato debe mediar autorización por parte de la entidad cedida. Así mismo, el cesionario deberá cumplir con la capacidad jurídica, económica y técnica del contratista cedente.
Establece el fundamento normativo y los requisitos esenciales para la cesión de contratos estatales, incluyendo la autorización de la entidad y las condiciones del cesionario.
En este sentido, se precisa que el contrato estatal es posible cederlo, siempre que exista autorización de la entidad estatal, desde su existencia. De esto se concluye que no es necesario que se hayan constituido y aprobado las garantías para poder cederlo, pues como se ha desarrollado en el presente concepto, las garantías son requisito de ejecución no de perfeccionamiento del contrato.
Define claramente que la cesión puede realizarse antes de la ejecución del contrato y sin garantías, aclarando la distinción entre perfeccionamiento y ejecución.
Para poder tramitar una cesión del contrato cuando no se ha ejecutado, técnicamente es necesario que se diligencien los campos anteriormente descritos; sin embargo, usted puede establecer en el contrato una fecha de inicio que podrá ser la misma de la aprobación del contrato con la diferencia de un minuto y adicionalmente, en la sección “6. Información Presupuestal” en el campo del “Compromiso Presupuestal de Gasto” deberá diligenciar el Registro Presupuestal – RP, con valor cero (0), para que de esta manera la plataforma le permita a nivel técnico iniciar con la respectiva ejecución.
Explica el procedimiento técnico en SECOP II para realizar la cesión antes de la ejecución, incluyendo ajustes en el contrato electrónico.
La cesión de la posición contractual puede entenderse como un acto y como un efecto. Por un lado, “(…) es el contrato con el cual el cedente, parte de otro contrato ya en curso con otro sujeto (cedido), transfiere la relativa posición contractual (en sus componentes activos y pasivos) al cesionario, el cual le encuentra en la relación con el cedido (…)”. Por otro, “(…) es la transferencia de la posición contractual de un contratante a otro sujeto, que le encuentra en la relación con la contraparte (…)”.
Define conceptualmente la cesión de contrato como acto jurídico, diferenciando su naturaleza y efectos en el ámbito de los contratos estatales.
MateriasContratación estatal · Cesión Del Contrato Estatal · Noción · Requisitos · Restricciones
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/04/C-335.docx

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-335 de 2025
Fecha de publicación14 de abril de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ce7e60bcef0c….

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