Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen de contratación aplicable a organismos desconcentrados de entidades estatales sometidas al EGCAP
P20250319002679 · 24 de abril de 2025Contratación estatalestatuto general de contratacion de la administración públicacentros socialesdesconcentración administrativarégimen especial de contratacióncontratación estataldesconcentraciónegcapentidades exceptuadasámbito de aplicaciónderecho privadoefectosentidades estatalesrégimen contractualrégimen especialColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen de contratación aplicable a organismos desconcentrados de entidades estatales sometidas al EGCAP |
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| Resumen | El documento conceptúa que los centros sociales, como organismos desconcentrados de una entidad estatal sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP), no pueden exceptuarse de su aplicación por el simple hecho de ser desconcentrados. La desconcentración, regulada en la Ley 489 de 1998, es una figura organizativa que transfiere funciones dentro de la misma persona jurídica administrativa sin crear una entidad con régimen especial, por lo que no genera fundamento normativo para limitar el EGCAP. Los regímenes especiales o exceptuados solo surgen por expresa disposición legal, ya sea por la naturaleza de la entidad o por el tipo de actividad que desarrolla, y no por figuras como la desconcentración. Por tanto, los centros sociales deben aplicar el EGCAP en sus procesos contractuales, sin perjuicio de que puedan regirse por normas de derecho privado en aspectos no regulados por el Estatuto. Además, se precisa que las entidades exceptuadas no se desvinculan completamente del derecho público, pues deben observar principios constitucionales y normas de control interno. |
| Problema jurídico | Determinar el régimen de contratación aplicable a los organismos desconcentrados de una Entidad Estatal sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) |
| Fragmentos citables | Los regímenes especiales o exceptuados tienen origen en la ley. En consecuencia, la desconcentración de funciones de una Entidad Estatal sometida al EGCAP no proporciona el fundamento normativo requerido para limitar la aplicación del régimen de contratación. Al desconcentrar ciertas funciones mediante la creación de los centros sociales, la Entidad ha utilizado una figura que le permite organizar sus funciones, pero que no implica la creación de una entidad exceptuada. |
| Materias | Estatuto General De Contratacion De La Administración Pública · Centros sociales · Desconcentración administrativa · Régimen especial de contratación · Contratación estatal · Desconcentración · Egcap · Entidades Exceptuadas · Ámbito de aplicación · Derecho privado · Efectos · Entidades Estatales · Régimen contractual · Régimen especial |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/04/C-336.docx |
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