Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo – requisitos habilitantes – principio de autonomía de la entidad
P20240716007229 · 29 de agosto de 2024Contratación estataldocumentos tiporequisitos habilitantesautonomía de la entidad estatalprocesos de seleccióncontratación estatalprincipio de la autonomia de la entidadColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo – requisitos habilitantes – principio de autonomía de la entidad |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del principio de autonomía de las entidades estatales en procesos de contratación donde no se aplican documentos tipo. Fija la posición de que las entidades disponen de discrecionalidad para establecer requisitos específicos en dichos procesos, siempre que sean adecuados, proporcionales y respetuosos de los límites constitucionales y legales, incluyendo los principios de buena administración. La autoridad fundamenta su postura en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993 y en el artículo 44 de la Ley 1437 de 2011, precisando que esta autonomía no implica arbitrariedad, sino que exige una carga justificativa en los estudios previos del proceso. Además, señala que la adopción de documentos tipo no restringe la autonomía de las entidades, pues estos solo estandarizan requisitos habilitantes y criterios de escogencia, mientras que la configuración del negocio jurídico y las condiciones particulares del contrato permanecen bajo su ámbito de decisión. |
| Problema jurídico | ¿En los procesos de selección donde no se aplican documentos tipo, puede una entidad estatal, en virtud del principio de autonomía, establecer requisitos específicos del mencionado pliego? |
| Fragmentos citables | El inciso 3° del artículo 40 de la Ley 80 de 1993, señala que las entidades podrán incluir las modalidades, condiciones y en general, las cláusulas o estipulaciones que las partes consideren necesarias y convenientes, siempre que no sean contrarias a la Constitución y la ley, al orden público y a los principios y finalidades de la ley y a los de buena administración, En este orden de ideas, las entidades sometidas al EGCAP gozan de autonomía para configurar y para establecer el sistema de pago más apropiado para satisfacer los fines de la contratación, respetando los límites previstos en el ordenamiento jurídico. Considerando la discrecionalidad para establecer el requisito habilitante, es necesario tener en cuenta que el artículo 44 de la Ley 1437 de 2011 –aplicable en los procedimientos contractuales en virtud del artículo 77 de la Ley 80 de 1993– dispone que “En la medida en que el contenido de una decisión de carácter general o particular sea discrecional, debe ser adecuada a los fines de la norma que la autoriza, y proporcional a los hechos que le sirven de causa”. En consecuencia, para efectos de los escenarios descritos en la pregunta objeto de respuesta, la inclusión o exclusión del requisito mencionado en un proceso de contratación al que por su objeto y/o naturaleza no aplique las condiciones del pliego tipo, está unida a la carga justificativa y discrecional de la Entidad Estatal en los estudios y documentos previos del proceso de selección. De la norma descrita se concluía que la adopción de los documentos tipo expedidos hasta ahora estaba en cabeza del gobierno nacional, que eran de obligatorio cumplimiento por parte de todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y que se indicarían las condiciones generales de los requisitos habilitantes, así como los factores técnicos y económicos de escogencia, según correspondiera para cada modalidad de selección. Ahora bien, esta norma fue estudiada por la Corte Constitucional en la Sentencia C-119 de 2020. |
| Materias | Documentos Tipo · Requisitos Habilitantes · Autonomía de la entidad estatal · Procesos de selección · Contratación estatal · Principio de la autonomia de la entidad |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/C-344.docx |
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Acceso al documento
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 3e10582ae171….
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