Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Decreto 092 de 2017 – Finalidad, clases de contratos y contratación con ESAL
P20230908014966 · 6 de octubre de 2023Contratación estatalcontratacion públicacontratación con esalconvenios de asociacióndecreto 092 de 2017ley 2219 de 2022entidades sin ánimo de lucro (esal)contratación estatalalcanceaplicaciónartículos suspendidoscontrato de asociacióncontrato de colaboracióncriterioslímites legalesmultiplicidad de sujetosnormativa vigenteobjetosuspensión provisionalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Decreto 092 de 2017 – Finalidad, clases de contratos y contratación con ESAL |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance del Decreto 092 de 2017, que regula dos modalidades de contratación estatal con entidades sin ánimo de lucro (ESAL): i) los contratos del artículo 355 de la Constitución Política, destinados a impulsar programas de interés público previstos en los planes de desarrollo, sin contraprestación directa ni relación conmutativa, y ii) los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998, para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con las funciones estatales, con aportes económicos de las ESAL en ciertos casos. Fija la posición de que la aplicación del decreto no depende exclusivamente del carácter de la entidad contratista, sino del objeto del negocio jurídico, excluyendo los contratos conmutativos regidos por el Estatuto General de Contratación. Precisa los requisitos para cada figura, los límites en casos de múltiples sujetos y la suspensión provisional de algunas normas, así como su posterior levantamiento. Además, delimita la competencia de Colombia Compra Eficiente para interpretar normas del sistema de compras públicas, excluyendo la aplicación del decreto a programas especiales regulados por otras leyes. |
| Problema jurídico | Determinar la aplicabilidad del Decreto 092 de 2017 a convenios de asociación con ESAL para fortalecimiento de asociaciones campesinas y agropecuarias, en el marco de la Ley 2219 de 2022 |
| Fragmentos citables | Los contratos del artículo 355 de la Constitución Política tienen como objeto promover acciones de fomento social en beneficio de los sectores más desprotegidos de la población, siempre que estén previstas en los planes de desarrollo, motivo por el cual no dan lugar a una contraprestación directa a favor de la entidad y tampoco a una relación conmutativa entre ésta y la ESAL, toda vez que el beneficio directo lo recibirán, en últimas, los sectores de este tipo de acciones de fomento. De otro lado, los convenios de asociación «[t]ienen como finalidad que la entidad estatal, cualquiera que sea su naturaleza y orden administrativo, se asocien con personas jurídicas particulares para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones asignadas a aquellas conforme a la Constitución y a la Ley». En estos convenios existen aportes dirigidos, especialmente, a lograr la ejecución del convenio. La normativa vigente no impide que varias entidades suscriban conjuntamente el convenio de asociación y tampoco que dos o más ESAL pueden hacerlo, a través de las figuras asociativas autorizadas por la ley, por ejemplo, como unión temporal o como consorcio. Sin embargo, como el artículo 96 de la Ley 489 de 1998 determina que el convenio busca el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones que la ley les asigna a las entidades estatales, lo cierto es que las funciones legales de las entidades estatales que suscriben conjuntamente el convenio deben coincidir. De acuerdo con lo anterior, no todas las actividades que las entidades estatales deben desarrollar para alcanzar sus objetivos misionales deben ejecutarse a través de la celebración de contratos del artículo 355 superior o convenios de asociación. Debe tenerse en cuenta que lo que determina la aplicación del Decreto 092 de 2017 no es únicamente el carácter de las ESAL sino el objeto del contrato o convenio que la entidad pretende adelantar. |
| Materias | Contratacion Pública · Contratación Con Esal · Convenios De Asociación · Decreto 092 De 2017 · Ley 2219 de 2022 · Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) · Contratación estatal · Alcance · Aplicación · Artículos Suspendidos · Contrato De Asociación · Contrato de colaboración · Criterios · Límites legales · Multiplicidad de sujetos · Normativa vigente · Objeto · Suspensión provisional |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1700002072688-C-351-de-2023.docx |
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