Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen de inhabilidades e incompatibilidades en la contratación estatal: alcances de la inhabilidad por vínculos de parentesco
P20231201017377 · 1 de diciembre de 2023Contratación estatalinhabilidadesconsorcioscontratación con el estadorepresentante legalvínculos de parentescocontratación estatalparentescolimitación capacidad contractuallimitacionesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen de inhabilidades e incompatibilidades en la contratación estatal: alcances de la inhabilidad por vínculos de parentesco |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-352 de 2023, conceptúa sobre el alcance de las inhabilidades para contratar con el Estado, específicamente en relación con los vínculos de parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el segundo grado. Fija la posición de que estas inhabilidades, establecidas en el literal g) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, se aplican exclusivamente a personas naturales y buscan garantizar la idoneidad, imparcialidad, probidad y transparencia en la contratación pública, alineándose con los principios de moralidad y protección del interés general consagrados en la Constitución Política. El documento precisa que estas causales son de interpretación restrictiva, taxativas y no extensivas, y que su fundamento radica en evitar conflictos de interés derivados de relaciones familiares que puedan afectar la igualdad de oportunidades entre los proponentes o el interés público. Además, distingue entre inhabilidades-sanción e inhabilidades-requisito, aclarando que las primeras surgen de procesos sancionatorios, mientras que las segundas derivan de condiciones personales como el parentesco. Se reitera que la competencia para establecer estas inhabilidades es exclusiva del legislador, conforme al principio de reserva de ley y legalidad, y que su aplicación debe ceñirse estrictamente al tenor literal de la norma para no vulnerar derechos fundamentales como el debido proceso y la igualdad. |
| Problema jurídico | ¿Pueden presentarse hermanos o familiares como integrantes de distintos proponentes en un mismo proceso de licitación, uno como integrante de un consorcio y otro como representante legal suplente de otro consorcio? |
| Fragmentos citables | Las inhabilidades son circunstancias establecidas por la Constitución o la ley que impiden que personas naturales o jurídicas sean elegidas o designadas en un cargo público o celebren contratos con el Estado, con el objetivo de garantizar la idoneidad, imparcialidad, probidad, transparencia y moralidad de la función pública, garantizando el interés general. El literal g) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993 determina que son inhábiles para participar en procesos de contratación o suscribir contratos con entidades estatales “Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quiénes se encuentren dentro del segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación”. En efecto, el máximo tribunal constitucional ha indicado, al tratar de precisar el sentido de este tipo de normas, que “[…] el intérprete de las disposiciones legislativas en la materia ha de ceñirse en la mayor medida posible al tenor literal y gramatical de los enunciados normativos, sin que pueda acudir prima facie a criterios interpretativos tales como la analogía, la interpretación extensiva para ampliar el alcance de las causales legalmente fijadas”. |
| Materias | Inhabilidades · Consorcios · Contratación con el Estado · Representante legal · Vínculos de parentesco · Contratación estatal · Parentesco · Limitación capacidad contractual · Limitaciones |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1710550111487-C-352.docx |
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