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Ley de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa de entidades estatales durante periodos preelectorales

P20220422003960 · 27 de mayo de 2022

EpígrafeLey de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa de entidades estatales durante periodos preelectorales
Resumen

Colombia Compra Eficiente conceptúa que la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) establece un marco normativo orientado a garantizar condiciones de igualdad y transparencia en los procesos electorales, evitando el uso irregular de recursos públicos o la injerencia de intereses particulares en la función administrativa. Para ello, fija restricciones temporales y prohibitivas en materia de contratación estatal, especialmente durante los cuatro meses previos a las elecciones presidenciales, donde prohíbe la contratación directa salvo en casos excepcionales como emergencias sanitarias, desastres naturales o situaciones que afecten la defensa y seguridad del Estado. La autoridad precisa que la prohibición aplica a «todos los entes del Estado», incluyendo empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios, por su naturaleza jurídica de administración pública, y que la interpretación de las normas prohibitivas debe ser restrictiva, sin extender su alcance más allá de lo expresamente consagrado. Además, aclara que las modalidades de contratación como licitación pública, concurso de méritos o selección abreviada no están sujetas a la restricción, al garantizar convocatoria pública y pluralidad de oferentes. También señala que las prórrogas o modificaciones de contratos celebrados antes del período de restricciones pueden realizarse durante su vigencia, siempre que cumplan los principios de transparencia y planeación.

Problema jurídico

Determinar si las empresas de servicios públicos domiciliarios del orden territorial con patrimonio 100% público pueden realizar contratación directa para garantizar la correcta prestación de los servicios durante la Ley de Garantías Electorales

Fragmentos citables
Por ello, varias de las disposiciones de la Ley 996 de 2005, al contener normas prohibitivas, no admiten una interpretación amplia, sino que deben interpretarse restrictivamente
Establece el principio interpretativo clave para aplicar las normas prohibitivas de la Ley de Garantías Electorales, limitando su alcance a lo expresamente consagrado.
la contratación directa por parte de todos los entes del Estado» durante los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones presidenciales, salvo «[…] lo referente a la defensa y seguridad del Estado, los contratos de crédito público, los requeridos para cubrir las emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como también los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, y los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias
Define el alcance material de la prohibición del artículo 33 de la Ley 996 de 2005, incluyendo las excepciones aplicables durante el período preelectoral.
todos los entes del Estado», expresión que contempla a los diferentes organismos o entidades autorizadas por la ley para suscribir contratos. En efecto, tal como lo ha sostenido el Consejo de Estado, el vocablo «todos» utilizado por el legislador comprende a la totalidad de los entes del Estado, sin distinción del régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, su pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía, e incluso si las entidades estatales tienen régimen especial de contratación y están exceptuadas del ámbito de aplicación del Estatuto
Precisa el universo de sujetos obligados por la restricción, incluyendo entidades con regímenes especiales de contratación.
MateriasContratación Directa · Empresas De Servicios Públicos Domiciliarios · Ley De Garantías Electorales · Prohibición contractual · Contratación estatal · Alcance · Contratación · Destinatarios · Finalidad · Prohibición artículo 33 · Restricciones · Tipos de elección
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1659045134773-C-362.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-362 de 2022
NúmeroP20220422003960
Fecha del documento27 de mayo de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 0de3334f177b….

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