Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Registro Único de Proponentes – Experiencia con contratos en ejecución

P20220426004097 · 8 de junio de 2022

EpígrafeRegistro Único de Proponentes – Experiencia con contratos en ejecución
Resumen

Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del Registro Único de Proponentes (RUP) como instrumento de plena prueba para verificar la capacidad jurídica, técnica, financiera y organizacional de los proponentes en procedimientos de selección estatal. Fija la posición de que, salvo excepciones legales, los requisitos habilitantes —incluida la experiencia— deben acreditarse exclusivamente mediante el RUP, sin que las entidades puedan exigir o aceptar documentación adicional como prueba principal. Respecto a la experiencia, precisa que esta puede registrarse en el RUP incluso con contratos de tracto sucesivo en ejecución, siempre que se certifique la porción efectivamente cumplida por el contratante, en armonía con el Decreto 1082 de 2015 y la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio. Además, señala que las cámaras de comercio están obligadas a registrar esta experiencia, y que las entidades estatales no pueden omitir la exigencia del RUP ni sustituirlo con documentos complementarios, salvo en los casos exceptuados por la ley. La interpretación busca garantizar los principios de selección objetiva, concurrencia y transparencia en la contratación pública.

Problema jurídico

Acreditación de experiencia con contratos de tracto sucesivo en ejecución en el Registro Único de Proponentes (RUP)

Fragmentos citables
La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes deberán verificarse exclusivamente con el Registro Único de Proponentes, pues, de acuerdo con lo expuesto, este instrumento es plena prueba de la información contenida en él.
Establece la regla central del documento: la exclusividad del RUP como medio de prueba para requisitos habilitantes, salvo excepciones.
Los contratos de tracto sucesivo se considerarán ejecutados en la porción efectivamente cumplida. Para proceder al registro de la experiencia de un contrato de tracto sucesivo en curso, es necesario que el tercero que recibió los bienes, obras o servicios relacionados certifique expresamente la cuantía y objeto del contrato efectivamente ejecutados.
Define el criterio para acreditar experiencia con contratos en ejecución, precisando el documento idóneo (certificación del contratante) y la porción válida para el registro.
MateriasExperiencia · Registro Único De Proponentes · Selección Objetiva · Contratos de tracto sucesivo · Experiencia contractual · Plena prueba · Contratación estatal · Requisitos Habilitantes
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1655846102159-C-374.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-374 de 2022
NúmeroP20220426004097
Fecha del documento8 de junio de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: bdd24c8d6f0e….

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