Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Ley de Garantías Electorales y convenios solidarios: alcances y restricciones

P20230809014023 · 19 de septiembre de 2023

EpígrafeLey de Garantías Electorales y convenios solidarios: alcances y restricciones
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa que los convenios solidarios celebrados entre entidades del orden nacional, departamental, distrital o municipal y los organismos de acción comunal no se encuentran sujetos a las restricciones temporales previstas en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales), toda vez que estos no constituyen contratos o convenios interadministrativos. La posición se fundamenta en que los convenios solidarios, regulados por la Ley 136 de 1994 y la Ley 2166 de 2021, involucran a una entidad territorial y a una persona jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro, por lo que su naturaleza jurídica excluye el criterio orgánico que define a los convenios interadministrativos. Así, estos instrumentos pueden celebrarse durante el período de garantías electorales sin afectar las prohibiciones establecidas en la mencionada ley. Adicionalmente, se reitera que la Resolución 358 de 2023 de Colombia Compra Eficiente adoptó un documento tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal, lo que facilita su formalización en el marco legal vigente.

Problema jurídico

Determinar si durante la vigencia de las restricciones de la Ley de Garantías Electorales pueden celebrarse convenios solidarios con organizaciones comunales, y cuál es la normativa y la minuta aplicables a esa forma de contratación.

Fragmentos citables
Los convenios o contratos interadministrativos que se restringen en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, son únicamente aquellos en que se dispone la ejecución de recursos públicos, para evitar que mediante la suscripción de estos se comprometa el erario con fines políticos o partidistas.
Establece el alcance de la prohibición contenida en la Ley de Garantías Electorales, precisando que solo aplica a convenios interadministrativos con ejecución de recursos públicos.
los convenios solidarios entre entidades del orden nacional y los organismos de acción comunal no se calificarían como contratos interadministrativos. Al respecto, tal y como se expuso en el numeral 2.2. de este concepto, esta última tipología contractual fue creada en la Ley 80 de 1993 y, aunque no la definió ni desarrolló, el Decreto 1082 de 2015 califica a los convenios o contratos interadministrativos como aquella contratación entre Entidades Estatales.
Define la naturaleza jurídica de los convenios solidarios y su distinción frente a los convenios interadministrativos, clave para entender su exclusión de las restricciones electorales.
los convenios solidarios entre las entidades nacionales y los organismos de acción comunal no están dentro de la restricción del artículo 38 de la Ley de Garantías, ya que –de acuerdo con la calidad de las partes– no corresponden a la tipología de contratos o convenios interadministrativos.
Establece la conclusión central del documento: los convenios solidarios no están sujetos a las prohibiciones de la Ley de Garantías Electorales por su naturaleza jurídica.
La Resolución señalada, consta de cuatro (4) artículos, el primero dispone a través de esta se adoptan los documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal.
Informa sobre la existencia de un documento tipo expedido por Colombia Compra Eficiente que regula la formalización de convenios solidarios, facilitando su aplicación durante el período de garantías electorales.
MateriasConvenios Solidarios · Decreto 1082 De 2015 · Documento Tipo · Ley De Garantías Electorales · Organismos De Acción Comunal · Ley 996 de 2005 · Contratación estatal · Documentos tipo · Ámbito temporal · Convenios y contratos interadministrativos · Criterio orgánico · Finalidad · Fundamento normativo · Organizaciones civiles y d · Prohibición por elección de cargos populares · Tipos de restricciones
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1697731275559-C-380.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-380 de 2023
NúmeroP20230809014023
Fecha del documento19 de septiembre de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

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