Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Contrato de prestación de servicios ― concepto ― requisitos y límites para su celebración

P20250328002986 · 6 de mayo de 2025

EpígrafeContrato de prestación de servicios ― concepto ― requisitos y límites para su celebración
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los requisitos y límites para la celebración de contratos de prestación de servicios con entidades estatales, así como sobre la posibilidad de suscribir varios de estos contratos simultáneamente con una misma entidad. Fija la posición de que no existe prohibición legal o constitucional que limite el número de contratos que una persona natural o jurídica pueda celebrar con una misma entidad pública, siempre que se cumplan los presupuestos de excepcionalidad previstos en la normativa, como la imposibilidad de realizar las actividades con personal de planta o la necesidad de conocimientos especializados. Además, precisa que estos contratos deben ser temporales, no pueden generar relación laboral ni nóminas paralelas, y su objeto no puede ser idéntico al de otros contratos vigentes en la entidad, salvo autorización expresa del representante legal de la misma. La entidad contratante debe justificar su procedencia en los estudios previos y evaluar la capacidad técnica y económica del contratista para asumir múltiples obligaciones simultáneas.

Problema jurídico

Determinar si una persona natural o jurídica puede celebrar simultáneamente varios contratos de prestación de servicios con la misma entidad pública

Fragmentos citables
No existe prohibición legal o constitucional que limite el número de contratos de prestación de servicios que una persona puede celebrar o ejecutar de manera simultánea con la misma entidad. En ese sentido, no existiendo ninguna limitación al respecto, una persona puede celebrar y ejecutar tantos contratos como le sea posible ejecutar y cumplir a cabalidad.
Establece la regla general sobre la posibilidad de celebrar múltiples contratos de prestación de servicios con una misma entidad, sin restricciones numéricas, siempre que se cumplan los requisitos legales.
No se podrán celebrar estos contratos cuando existan relaciones contractuales vigentes con objeto igual al del contrato que se pretende suscribir, salvo autorización expresa del jefe del respectivo órgano, ente o entidad contratante. Esta autorización estará precedida de la sustentación sobre las especiales características y necesidades técnicas de las contrataciones a realizar.
Precisa la prohibición de contratar con objeto idéntico a otros vigentes y la excepción a esta regla, que requiere justificación técnica y autorización del representante legal de la entidad.
MateriasContratación Directa · Requisitos Habilitantes · Autonomía e independencia del contratista · Excepcionalidad de la contratación · Temporalidad de los contratos · Contratación estatal · Contrato De Prestación De Servicios · Celebración de varios contratos con la misma entidad · Concepto · Requisitos y límites para su celebración
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-381.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-381 de 2025
NúmeroP20250328002986
Fecha del documento6 de mayo de 2025
Fecha de publicación14 de mayo de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: cfe85efdccf2….

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