Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Concepto sobre garantías en la contratación estatal y régimen contractual de sociedades de economía mixta
P20231222017877 · 22 de diciembre de 2023Contratación estatalgarantía de cumplimientogarantía de estabilidad y calidad de la obragarantía de seriedadgarantías de cumplimientogarantías de estabilidad y calidad de la obragarantías de seriedad de la ofertagarantías en contratación públicarégimen de garantíassociedades de economía mixtacontratación estatalejecución contractualsociedad de economía mixtagarantíasColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concepto sobre garantías en la contratación estatal y régimen contractual de sociedades de economía mixta |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-386 de 2023, fija la posición interpretativa sobre el régimen de garantías en la contratación estatal y su aplicación a las sociedades de economía mixta. Precisa que, conforme al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y la Ley 1150 de 2007, las garantías son obligatorias en las etapas precontractual, contractual y postcontractual para mitigar riesgos derivados del incumplimiento de obligaciones, ya sea por proponentes o contratistas. Establece que las garantías pueden ser de seriedad de la oferta, de cumplimiento o de responsabilidad civil extracontractual, con alcances y vigencias diferenciadas según la fase del proceso contractual. Para las sociedades de economía mixta con participación estatal superior al 50%, se reitera su sometimiento al régimen de contratación pública, salvo cuando desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado o en mercados regulados, caso en el cual se rigen por el derecho privado. Además, delimita los límites de competencia de la entidad para emitir conceptos, aclarando que no resuelve controversias ni casos particulares, sino que orienta sobre la aplicación de normas generales. |
| Problema jurídico | Determinar el régimen jurídico aplicable a las garantías en contratos celebrados por entidades públicas, en particular sociedades de economía mixta, y precisar los tipos de garantías exigibles y su cobertura mínima. |
| Fragmentos citables | El Estatuto General de Contratación de la Administración Pública exige, por regla general, en los procesos de contratación pública la constitución de garantías, ya sea en la etapa precontractual, contractual o postcontractual, con el fin de evitar o mitigar posibles riesgos. En esa orientación, el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007 dispone que los contratistas tienen la obligación de constituir garantías para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, y los proponentes por el ofrecimiento realizado, pudiendo consistir en pólizas expedidas por compañías aseguradoras, garantías bancarias u otros mecanismos permitidos por la ley y el reglamento. |
| Materias | Garantía De Cumplimiento · Garantía De Estabilidad Y Calidad De La Obra · Garantía De Seriedad · Garantías de cumplimiento · Garantías de estabilidad y calidad de la obra · Garantías de seriedad de la oferta · Garantías en contratación pública · Régimen de garantías · Sociedades de economía mixta · Contratación estatal · Ejecución contractual · Sociedad De Economía Mixta · Garantías |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1709590208727-C-386.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ad035cece7f1….
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