Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Modalidades de selección y concurrencia con mínima cuantía en contratación estatal
P20230815014214 · 27 de septiembre de 2023Contratación estatalconcurrencia de modalidades de selecciónmodalidades de selecciónmínima cuantíaconcurrencia de modalidadescriterio de evaluacióncontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Modalidades de selección y concurrencia con mínima cuantía en contratación estatal |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la aplicación de la modalidad de selección de mínima cuantía en contrataciones de consultoría con cuantía inferior al 10% de la menor cuantía de la entidad. Fija la posición de que, en estos casos, la modalidad de mínima cuantía prevalece sobre el concurso de méritos, independientemente del objeto contractual, siempre que el valor del contrato no supere el umbral legal. La regla se fundamenta en que la cuantía es el factor determinante para la escogencia del procedimiento, conforme al artículo 30 de la Ley 2069 de 2020, que modificó el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. Así, el criterio de evaluación aplicable será el menor precio, siempre que el oferente cumpla con las condiciones exigidas en la invitación. Además, se precisa que esta modalidad es excepcional y procedimentalmente distinta a la licitación pública, aunque comparte su carácter de convocatoria pública. El documento también delimita la competencia de Colombia Compra Eficiente para interpretar normas generales, sin resolver controversias particulares ni validar actuaciones administrativas específicas. |
| Problema jurídico | Determinar la modalidad de selección aplicable cuando la contratación de consultoría tiene cuantía inferior al 10% de la menor cuantía de la entidad y si el criterio de evaluación debe ser la experiencia del oferente o el menor precio. |
| Fragmentos citables | la mínima cuantía es una modalidad de selección en virtud de la cual la Entidad Estatal realiza una convocatoria pública para recibir ofertas de bienes, obras o servicios cuyo valor no excede el diez por ciento (10%) de la menor cuantía. Esta modalidad de selección fue creada en el 2011 por la Ley 1450, modificada por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 –que adicionó el numeral 5º al artículo 2 de la Ley 1150 de 2007– y posteriormente por la Ley 2069 de 2020, estableciendo que el factor determinante para llevar a cabo tal procedimiento es la cuantía –calculada como presupuesto oficial a partir del estudio del sector–, “independientemente de su objeto”. si el valor de la contratación no excede del diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad, independientemente de su objeto –y sin perjuicio del análisis de procedencia de otros mecanismos especiales de selección del contratista–, el proceso de selección deberá adelantarse mediante la modalidad de selección de mínima cuantía, en aplicación de lo preceptuado en el artículo 2, numeral 5, de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020. En consecuencia, el criterio para la escogencia del contratista será el menor precio, siempre y cuando cumpla con las condiciones exigidas en la invitación. |
| Materias | Concurrencia De Modalidades De Selección · Modalidades De Selección · Mínima Cuantía · Concurrencia de modalidades · Criterio de evaluación · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1697732154887-C-393.docx |
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