Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre periodicidad de actualización del Plan Anual de Adquisiciones en el SECOP II

P20240730007819 · 12 de septiembre de 2024

EpígrafeConsulta sobre periodicidad de actualización del Plan Anual de Adquisiciones en el SECOP II
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la naturaleza, contenido y actualización del Plan Anual de Adquisiciones (PAA) previsto en el Decreto 1082 de 2015. Fija la posición de que el PAA es un instrumento de planificación estimativo, no vinculante, cuya finalidad es identificar de manera indicativa las necesidades de contratación de la entidad durante la vigencia, sin restringir las decisiones posteriores de contratación. Precisa que la actualización del PAA debe realizarse al menos una vez al año, pero no establece un límite máximo de modificaciones, pudiendo actualizarse cada vez que se requiera, siempre que se publiquen los cambios en el SECOP II y en la página web de la entidad. Señala cuatro eventos específicos en los que procede la actualización: ajustes en cronogramas, valores, modalidad de selección u origen de recursos; inclusión o exclusión de obras, bienes o servicios; y modificación del presupuesto anual. Destaca que la inclusión en el PAA se fundamenta en la necesidad contractual, no en aspectos pecuniarios o modalidades de contratación.

Problema jurídico

Determinar la periodicidad con la que las entidades deben actualizar y publicar el Plan Anual de Adquisiciones en el SECOP II, considerando que mensualmente se generan cambios en el plan.

Fragmentos citables
El inciso 2 del artículo citado estableció cuatro (4) eventos en los que procede actualizar el Plan Anual de Adquisiciones: i) ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección y origen de los recursos; ii) para incluir nuevas obras, bienes o servicios; iii) excluir obras, bienes o servicios y iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones. El inciso citado solo estableció los eventos en los que tiene que actualizarse, sin limitar la modificación a ciertos topes, como, por ejemplo, aumentar o disminuir valores.
Enumerar los supuestos específicos que obligan a actualizar el PAA, aclarando que no hay límites en la frecuencia o magnitud de los cambios.
Así las cosas, la Subdirección de Gestión Contractual considera que el plan anual de adquisiciones es un instrumento de planificación y orientación de la contratación de las entidades públicas, establecido para identificar las necesidades de contratación, en el que se incluyen, de manera estimativa, los bienes, obras y servicios que la Administración está interesada en adquirir, pero que de ninguna manera restringe las decisiones en la contratación, que habrán de adoptarse dentro de la anualidad respectiva.
Sintetiza la naturaleza no vinculante del PAA y su función como herramienta de planificación, no como restricción a la contratación posterior.
MateriasCompetencia Consultiva · Decreto 1082 De 2015 · Secop Ii · Actualización · Plan anual de adquisiciones · Contratación estatal · Planeación contractual · Carácter estimativo · Contenido · Noción
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/C-417.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-417 de 2024
NúmeroP20240730007819
Fecha del documento12 de septiembre de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 443cf18fc125….

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