Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Limitación territorial – Facultad discrecional

P20250404003237 · 15 de mayo de 2025

EpígrafeCONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Limitación territorial – Facultad discrecional
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la posibilidad de que entidades estatales del orden territorial limiten convocatorias de procesos contractuales a MiPymes domiciliadas en el municipio o departamento donde se ejecutará el contrato. La autoridad fija la posición de que tal limitación territorial es una facultad discrecional de la entidad, condicionada al cumplimiento de dos requisitos previos: i) que el valor del proceso sea inferior a US$125.000 y ii) que se hayan recibido al menos dos solicitudes de MiPymes colombianas con mínimo un año de existencia para limitar la convocatoria a MiPymes. Además, precisa que la decisión debe estar justificada con estudios del sector y motivada conforme a los fines de la norma, sin que pueda ejercerse de manera arbitraria. También señala que el domicilio de las MiPymes participantes debe acreditarse con documentos específicos y que la limitación territorial debe definirse ex ante en los pliegos de condiciones para garantizar transparencia y proporcionalidad.

Problema jurídico

¿Es posible que una entidad estatal del orden territorial limite la convocatoria de un proceso contractual a MiPymes municipales?

Fragmentos citables
Cumplidos los dos requisitos del artículo 2.2.1.2.4.2.2 ibídem, la entidad estatal, independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por entidades estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, pueden ─sin estar obligadas─ decidir si limitan la convocatoria a las MiPymes colombianas domiciliadas en el municipio o departamento en el que se ejecutará el contrato. En consecuencia, el criterio para tener en cuenta, una vez se ha decidido justificadamente limitar territorialmente la convocatoria previamente limitada a Mipyme, es el lugar donde se va a ejecutar el contrato.
Establece la regla central sobre la facultad discrecional de las entidades para limitar convocatorias a MiPymes en el ámbito territorial, condicionada a requisitos previos y vinculada al lugar de ejecución del contrato.
Si la entidad no recibió las solicitudes por Mipymes colombianas con mínimo un año de existencia para limitar la convocatoria a MiPymes, no puede motu proprio proceder con la “limitación territorial” de que trata el artículo 2.2.1.2.4.2.3 del Decreto 1082 de 2015. Esto debido a que el ejercicio de esta facultad solo puede darse ante la “limitación a MiPymes colombianas”, lo cual supone verificar los supuestos legales establecidos en los mencionados numerales.
Define los requisitos indispensables para ejercer la facultad de limitación territorial, destacando la necesidad de solicitudes previas de MiPymes como condición sine qua non.
MateriasConvocatorias Limitadas · Decreto 1082 De 2015 · Entidades Estatales · Limitación territorial · Recursos públicos · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Contratación estatal · Convocatorias Limitadas A Mipymes En El Ámbito Territorial · Facultad discrecional
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-417.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-417 de 2025
NúmeroP20250404003237
Fecha del documento15 de mayo de 2025
Fecha de publicación19 de mayo de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: a7da5be1021e….

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