Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Funciones contractuales – Delegación – Unidades asesoras de contratación
P20250411003533 · 16 de mayo de 2025Contratación estataldecreto 1082 de 2015documentos tipodecreto ley 4170 de 2011licitación públicaley 1150 de 2007ley 80 de 1993contratación estatalfunciones contractualesunidades asesorasartículo 211 superiorcomités de contratacióndelegaciónfacultad de creaciónfundamento normativonumeral 9 del artículo 25Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Funciones contractuales – Delegación – Unidades asesoras de contratación |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre la competencia para celebrar contratos en entidades estatales de la rama ejecutiva del orden nacional, precisando que corresponde al jefe o representante legal de la entidad, o a quien este delegue, según lo establecido en la Ley 80 de 1993. Fija la posición de que dichos titulares pueden crear unidades asesoras o comités de contratación para asesorar y apoyar la gestión contractual, pero conservando la responsabilidad final sobre el proceso. Además, señala que la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente no define criterios absolutos ni valida actuaciones específicas, sino que brinda elementos interpretativos generales para orientar el cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad. Se destacan los límites de la competencia consultiva de la entidad y las condiciones para la delegación de funciones, incluyendo la responsabilidad del delegante por control y vigilancia, salvo dolo o culpa grave. |
| Problema jurídico | ¿Quién tiene la competencia en una entidad estatal para celebrar contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión? |
| Fragmentos citables | De manera preliminar, resulta necesario acotar que esta entidad solo tiene competencia para responder consultas sobre la aplicación de normas de carácter general en materia de compras y contratación pública. En ese sentido, resolver casos particulares desborda las atribuciones asignadas por el legislador extraordinario, que no concibió a Colombia Compra Eficiente como una autoridad para solucionar problemas jurídicos particulares de todos los partícipes del sistema de compra pública. La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. De acuerdo con lo señalado en el artículo 11 de la Ley 80 de 1993, debe precisarse que quien tiene la competencia y la responsabilidad para tramitar, celebrar y liquidar un contrato, es el jefe o representante legal de la Entidad Estatal, o en su defecto, aquel a quien este delegue para tal fin. Bajo este precepto, dichos sujetos, en el marco del numeral 9 del artículo 25 ibidem, están facultados para crear unidades asesoras –como es el caso de los comités de adquisiciones–, con el fin de que promuevan el cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad, así como el que asesoren y apoyen la gestión contractual de la Entidad Estatal. Sin embargo, es importante aclarar, que serán los jefes o representantes legales de las Entidades Estatales, quienes tendrán la carga de definir, en el marco de sus funciones y competencias, las funciones que dichas unidades asesoras desempeñarán, la forma en la que estarán integradas, las calidades en las que actuarán sus respectivos integrantes y el alcance que tendrán los conceptos que emitan en materia contractual. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Documentos Tipo · Decreto Ley 4170 de 2011 · Licitación Pública · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Contratación estatal · Funciones Contractuales · Unidades Asesoras · Artículo 211 Superior · Comités De Contratación · Delegación · Facultad De Creación · Fundamento normativo · Numeral 9 del artículo 25 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-446.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5e86757bec3c….
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