Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Subsanabilidad de requisitos en procesos de selección estatal
P20240806008051 · 19 de septiembre de 2024Contratación estatalley 1882 de 2018requisitos habilitantessubsanabilidadconcurso de meritosestatuto general de la contratación públicacontratación estatalaplicacióncierre del procesocircunstancias posterioresexcepcionesregla generalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Subsanabilidad de requisitos en procesos de selección estatal |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la subsanabilidad de requisitos y documentos en los procedimientos de selección estatal, precisando los supuestos de hecho, límites y condiciones aplicables. Fija la posición de que, por regla general, los requisitos o documentos no necesarios para la comparación de ofertas son subsanables, siempre que su prueba acredite circunstancias ocurridas con anterioridad al cierre del proceso. Excepcionalmente, prohíbe la subsanación de la garantía de seriedad no aportada con la propuesta y de hechos que ocurran después del cierre, incluso si su prueba se allega con posterioridad. En concursos de méritos, si un perfil solicitado como requisito habilitante (sin asignación de puntaje) presenta inconsistencias, podrá subsanarse, pero no se le asignará puntaje. La autoridad fundamenta su interpretación en la Ley 1150 de 2007, modificada por la Ley 1882 de 2018, y en precedentes del Consejo de Estado, destacando que la subsanabilidad depende de si el requisito afecta la asignación de puntaje y si su prueba corresponde a hechos previos al cierre del proceso. |
| Problema jurídico | ¿Qué requisitos son subsanables en los diferentes procesos de selección según el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública? |
| Fragmentos citables | La regla de la subsanabilidad de las ofertas en los procedimientos de selección indica que, por regla general, la falta de entrega y los defectos en la acreditación de los requisitos habilitantes son aspectos subsanables. La excepción a esta regla se encuentra en la prohibición de permitir la entrega de la garantía de seriedad de la oferta que no fue aportada con la propuesta y de valer la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. Para arribar a la conclusión de que lo omitido puede subsanarse, la respuesta al primer interrogante debe ser negativa, es decir, que lo omitido no sea un factor que afecte la asignación de puntaje y la respuesta al segundo interrogante debe dar cuenta de que lo omitido sea la prueba de una circunstancia o hecho que ocurrió con anterioridad al cierre del proceso. |
| Materias | Ley 1882 de 2018 · Requisitos Habilitantes · Subsanabilidad · Concurso de meritos · Estatuto general de la contratación pública · Contratación estatal · Aplicación · Cierre del proceso · Circunstancias posteriores · Excepciones · Regla general |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-447.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4d3fc1f9bb7a….
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