Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
CONTRATACIÓN DIRECTA – Características. SOFTWARE – Adquisición y desarrollo – Modalidades de selección
P20250411003554 · 19 de mayo de 2025Contratación estatalcontratación directacontratación estataldecreto 1082 de 2015documentos tipolicitación públicaley 1150 de 2007softwareadquisición y desarrollocaracterísticasmodalidades de selecciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | CONTRATACIÓN DIRECTA – Características. SOFTWARE – Adquisición y desarrollo – Modalidades de selección |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la viabilidad de adquirir software mediante contratación directa bajo el argumento de protección por derechos de autor. La autoridad fija la posición de que la modalidad de selección aplicable depende de la naturaleza del software o servicio asociado, precisando que la contratación directa no es procedente por el solo hecho de encontrarse protegido por derechos de autor. Señala que las entidades deben evaluar si el software existe en el mercado, si requiere desarrollo a la medida o si corresponde a una fábrica de software, recomendando modalidades específicas como selección abreviada por subasta inversa para bienes de características técnicas uniformes, concurso de méritos para desarrollo a la medida y licitación pública para fábricas de software. Además, advierte que la determinación final sobre la modalidad recae en la entidad contratante, sin que esta Agencia pueda validar actuaciones particulares, conforme a los límites de su competencia consultiva. |
| Problema jurídico | ¿Puede una entidad estatal en Colombia adquirir software mediante contratación directa, argumentando que está protegido por derechos de autor? |
| Fragmentos citables | La Agencia Nacional de Contratación Pública recomienda en la “Guía de Buenas Prácticas en la adquisición de Software y servicios asociados” que: i) La adquisición de software se realice por selección abreviada por subasta inversa cuando se trate de bienes de características técnicas uniformes, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de Acuerdos Marco de Precios e Instrumentos de Agregación de Demanda. En los casos en que la adquisición no se refiera en la práctica a bienes de características técnicas uniformes, es necesario adelantar un proceso de contratación mediante las modalidades de licitación pública, mínima cuantía o el concurso de méritos, siempre que se cumplan los supuestos que para ello dispone el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. En ese sentido, al tratarse de un análisis que debe realizarse en un procedimiento contractual específico, esta Agencia no puede definir un criterio universal y absoluto por vía consultiva, sino que brinda elementos de carácter general para que los partícipes del Sistema de Compras y Contratación Pública adopten la decisión que corresponda, lo cual es acorde con el principio de juridicidad. Así cada entidad definirá la forma de adelantar su gestión contractual, sin que sea atribución de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, validar sus actuaciones. De manera preliminar es pertinente indicar que con el fin de establecer la modalidad de selección procedente, las Entidades Estatales deberán, en primera medida, determinar si existe un software disponible en el mercado que satisfaga su necesidad o si, por el contrario, deben recurrir a la contratación del desarrollo de software a la medida, o de una fábrica de software. |
| Materias | Contratación Directa · Contratación Estatal · Decreto 1082 De 2015 · Documentos Tipo · Licitación Pública · Ley 1150 de 2007 · Software · Adquisición y Desarrollo · Características · Modalidades de selección |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-450.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: f6302bdca58d….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.