Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Suspensión del contrato estatal: efectos y reactivación del plazo
P20250410003463 · 16 de mayo de 2025Contratación estatalautonomía de la voluntadacta de reiniciofuerza mayorplazo contractualsuspensión de contratoscontratación estatalsuspensión del contratoacuerdo de las partesconceptocontrato estatalefectosplazo de ejecuciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Suspensión del contrato estatal: efectos y reactivación del plazo |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los efectos de la suspensión de los contratos estatales, precisando que esta figura no extingue el plazo contractual ni su vigencia, salvo cuando los motivos sean permanentes e irresistibles. La entidad fija la posición de que la suspensión, acordada por las partes o derivada de fuerza mayor o caso fortuito, detiene provisionalmente el cómputo del plazo y las obligaciones, pero no adiciona la duración del contrato. Además, señala que las partes pueden pactar en el acta de suspensión la reactivación automática del plazo al cumplirse una condición o fecha cierta, sin necesidad de suscribir un acta de reinicio, conforme a lo establecido en la Ley 80 de 1993 y el Código Civil. La respuesta se limita a orientar sobre normas generales, sin resolver casos particulares, y advierte que la determinación de consecuencias específicas corresponde a las entidades contratantes o a las autoridades judiciales en caso de conflicto. |
| Problema jurídico | ¿Se afecta el plazo del contrato estatal cuando este se suspende? |
| Fragmentos citables | la suspensión es la mediada por la cual se acuerda el cese provisional de la ejecución del contrato, por la ocurrencia de circunstancias que lo impiden o lo dificultan. De esta forma, pese a que durante la fase de planeación las Entidades Estatales deben prever los riesgos que pueden afectar la ejecución norma del contrato, esto no elimina la probabilidad de que ocurran sucesos posteriores y extraordinarios que lleven a las partes a acordar la suspensión o que paralicen el contrato de facto, mientras se resuelven las situaciones que están incidiendo negativamente en el desarrollo del negocio o que lo están tornando imposible. un acta de suspensión se puede establecer, en ejercicio de la autonomía de la voluntad, que el plazo del contrato se reactivará una vez se firme el acta de reinicio correspondiente. Sin embargo, en ejercicio de la misma autonomía y en consideración de las razones que han motivad el cese provisional de la ejecución del contrato, otra metodología que pueden emplear las partes para elaborar el acta de suspensión es indicar en ella que la ejecución se reactivará cuando se cumpla un determinado plazo o condición, de manera automática, sin necesidad de suscribir un acta de reinicio. |
| Materias | Autonomía De La Voluntad · Acta de reinicio · Fuerza mayor · Plazo contractual · Suspensión de contratos · Contratación estatal · Suspensión Del Contrato · Acuerdo de las partes · Concepto · Contrato Estatal · Efectos · Plazo de ejecución |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-458.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 19ccd53638eb….
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