Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen jurídico de empresas de servicios públicos domiciliarios y aplicación de documentos tipo en contratación pública
P20250415003654 · 27 de mayo de 2025Contratación estatalconvenios interadministrativosdocumentos tipoempresas de servicios públicos domiciliariossecop iigiro ordinariocontratación estatalcircular 002 de 2024ley 2195 de 2022secopámbito de aplicaciónartículo 56entidades exceptuadasentidades sometidasestatuto general de contratación de la administración públicaexcepcionesfundamento normativointerpretación restrictivaobligatoriedadparágrafopersonas jurídicas de derecho privadorecursos públicosrégimen jurídicoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen jurídico de empresas de servicios públicos domiciliarios y aplicación de documentos tipo en contratación pública |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre el régimen jurídico aplicable a las empresas de servicios públicos domiciliarios, la obligatoriedad de publicar su actividad contractual en el SECOP II cuando se financie con recursos públicos, y el alcance de la aplicación de los documentos tipo y el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) en virtud de la Ley 2195 de 2022. Fija la posición de que las empresas de servicios públicos, al regirse por derecho privado salvo excepciones normativas, deben publicar en el SECOP II los documentos de su actividad contractual con financiación pública, pero no están sujetas al EGCAP ni a los documentos tipo, salvo cuando celebren convenios o contratos con entidades sometidas a este régimen, en cuyo caso deben aplicar dichos documentos y el EGCAP para los compromisos derivados. Precisa que la expresión 'giro ordinario' contenida en el parágrafo del artículo 56 de la Ley 2195 de 2022 es un concepto jurídico indeterminado que debe interpretarse restrictivamente, excluyendo de la obligatoriedad de aplicar documentos tipo y el EGCAP a las instituciones de educación superior públicas, empresas sociales del Estado, sociedades de economía mixta y empresas industriales y comerciales del Estado, únicamente en la contratación asociada a su giro ordinario, definido como las actividades directamente relacionadas con su objeto social o funciones principales, incluyendo actos conexos necesarios para su desarrollo. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la obligación de publicar actividad contractual en el SECOP II para empresas de servicios públicos mixtas y precisar la aplicación de documentos tipo y del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) en convenios interadministrativos y contratos derivados, incluyendo el significado de 'giro ordinario' en el parágrafo del artículo 56 de la Ley 2195 de 2022. |
| Fragmentos citables | las empresas de servicios públicos como entidades no sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, en virtud del artículo 53 de la Ley 2195 de 2022 y el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, se encuentran obligadas a publicar en el SECOP II los documentos de su actividad contractual cuya fuente de financiación sea con recursos públicos, sin perjuicio de estar sometidas a regímenes de derecho privado. cuando las entidades estatales regidas por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública suscriban convenios o contratos de cualquier índole con entidades estatales de régimen exceptuado, patrimonios autónomos, personas naturales o jurídicas de derecho privado, el deber de aplicar documentos tipo y las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, se hace extensiva a tales sujetos sometidos por regla general al derecho privado. |
| Materias | Convenios Interadministrativos · Documentos Tipo · Empresas De Servicios Públicos Domiciliarios · Secop Ii · Giro ordinario · Contratación estatal · CIRCULAR 002 de 2024 · Ley 2195 De 2022 · Secop · Ámbito de aplicación · Artículo 56 · Entidades exceptuadas · Entidades sometidas · Estatuto general de contratación de la administración pública · Excepciones · Fundamento normativo · Interpretación restrictiva · Obligatoriedad · Parágrafo · Personas jurídicas de derecho privado · Recursos públicos · Régimen jurídico |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/05/C-494.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 7b1947484df2….
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