Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Interpretación de la nota sobre complejidad técnica en la experiencia de los documentos tipo de infraestructura de transporte
P20250424003940 · 5 de junio de 2025Contratación estataldocumentos tiporequisitos habilitantesexperiencia en contratación públicamatriz 1 – experienciavías urbanascontratación estatalexperienciaactividad 6infraestructura de transporteinterpretaciónlicitación públicamatriz 1notaobras de infraestructura vial urbanaversión 4Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Interpretación de la nota sobre complejidad técnica en la experiencia de los documentos tipo de infraestructura de transporte |
|---|---|
| Resumen | La Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– conceptúa sobre el alcance e interpretación de la Nota relativa a la complejidad técnica del proyecto en la Matriz 1 – Experiencia de los Documentos Tipo de infraestructura de transporte, específicamente para obras de infraestructura vial urbana. Fija la posición de que esta Nota no modifica los requisitos generales o específicos de experiencia establecidos en la matriz, sino que faculta a las entidades para que, basado en la información técnica del proyecto y la categorización de las vías a intervenir, determinen si ameritan solicitar experiencia en vías urbanas. En tal caso, podrán exigir que al menos uno de los contratos presentados para acreditar la experiencia general incluya ejecución en vías urbanas, sin alterar los parámetros originales. La interpretación aplica tanto para experiencia general como específica, pero no permite limitar exclusivamente a vías urbanas la experiencia exigida. La entidad contratante debe justificar técnicamente esta decisión durante la planeación del proceso contractual. |
| Problema jurídico | Alcance e interpretación de la nota sobre complejidad técnica en la experiencia de los documentos tipo de infraestructura de transporte |
| Fragmentos citables | La Nota relativa a la complejidad técnica del proyecto, no implica que se deba modificar la experiencia general o específica de la “Matriz 1 – Experiencia” de los documentos tipo de infraestructura de transporte en las actividades donde está prevista. Por el contrario, lo que se contempla es que las entidades, basadas en la información técnica del proyecto, tendrán que determinar si el grado de complejidad del mismo y la categorización de las vías objeto de intervención ameritan solicitar experiencia en vías urbanas. Si la entidad considera solicitar experiencia en vías urbanas, podrá pretender, como parte de los contratos requeridos en la experiencia general, que por lo menos uno (1) de los contratos que se presenten para acreditar esa experiencia incluya experiencia en la ejecución de ese tipo de vías (urbanas), sin que lo anterior implique modificar lo indicado en la experiencia general. Para la experiencia específica es claro que para esta actividad 6.6 la entidad debe solicitar que: “[p]or lo menos uno (1) de los contratos válidos aportados como experiencia general debe acreditar el 70% del Presupuesto Oficial estimado para este proceso de contratación”, que en este caso, es decir, para la experiencia específica, no se señala la inclusión de la Nota 2. En consecuencia, las entidades contratantes no pueden limitar que la experiencia, ya sea general o específica, se aplique de manera exclusiva en vías urbanas. |
| Materias | Documentos Tipo · Requisitos Habilitantes · Experiencia en contratación pública · Matriz 1 – experiencia · Vías urbanas · Contratación estatal · Experiencia · Actividad 6 · Infraestructura de transporte · Interpretación · Licitación pública · Matriz 1 · Nota · Obras de infraestructura vial urbana · Versión 4 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/06/C-509.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 635972399f9b….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.