Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Inalterabilidad de Documentos Tipo y requisitos para acreditar experiencia entre particulares

P20240826008637 · 26 de agosto de 2024

EpígrafeInalterabilidad de Documentos Tipo y requisitos para acreditar experiencia entre particulares
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de los documentos tipo en materia de infraestructura de transporte, específicamente en lo relacionado con la acreditación de experiencia entre particulares. La autoridad fija la posición de que, conforme a la regla de inalterabilidad de los documentos tipo, las entidades estatales deben aplicar de manera forzosa los requisitos establecidos en el numeral 3.5.6 del Documento Base para acreditar experiencia entre particulares, sin posibilidad de sustituir la certificación de facturación exigida por otros documentos como cuentas de cobro, incluso cuando estos últimos respalden la ejecución contractual. La posición se sustenta en la obligatoriedad de los documentos tipo para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en la interpretación restrictiva de los requisitos habilitantes, que solo admiten modificaciones cuando los documentos tipo lo permitan explícitamente. Además, se precisan los límites de la competencia consultiva de la entidad, aclarando que no resuelve controversias particulares ni valida actuaciones específicas de las entidades o proponentes.

Problema jurídico

¿Es posible aceptar cuentas de cobro o documentos equivalentes como prueba válida de experiencia en procesos de contratación pública, en lugar de certificaciones de facturación, cuando los proponentes no están obligados a facturar conforme a la normativa fiscal vigente?

Fragmentos citables
Todas las resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante las cuales se han adoptado los documentos tipo, consagran la regla de la inalterabilidad. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo. En consecuencia, las condiciones establecidas en dichos documentos son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos.
Establece el principio de inalterabilidad de los documentos tipo, base para entender la obligatoriedad de sus requisitos y los límites a las modificaciones que pueden realizar las entidades estatales.
Para acreditar la experiencia entre particulares, el numeral 3.5.6 del documento base señala que el proponente deberá aportar, adicionalmente, alguno de estos documentos: “Certificación de facturación expedida con posterioridad a la fecha de terminación del contrato emitida por el revisor fiscal o contador público del proponente que acredita la experiencia, según corresponda, con la copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedente disciplinarios vigente, expedido por la Junta Central de Contadores, o los documentos equivalentes que hagan sus veces en el país donde se expide el documento del profesional”.
Define el documento específico requerido para acreditar experiencia entre particulares, aclarando que los documentos equivalentes solo aplican para los requisitos del profesional que emite la certificación, no para sustituir la certificación de facturación.
En consecuencia, en virtud de la regla de inalterabilidad aludida, los Documentos Tipo solo pueden ser modificados en los aspectos en que estos lo permitan. Esto corresponde a aquellos aspectos que se encuentran entre corchetes y resaltados en gris –[texto]–, para lo cual deberán observarse las instrucciones contenidas en los mismos para su diligenciamiento.
Precisa los únicos supuestos en los que las entidades pueden modificar los documentos tipo, reforzando la rigidez de sus requisitos y la imposibilidad de alterar los establecidos para acreditar experiencia.
MateriasCuentas De Cobro · Documentos Tipo · Certificación de facturación · Experiencia entre particulares · Inalterabilidad · Contratación estatal · Alcance · Documentos válidos para la acreditación de la experiencia requerida · Infraestructura de transporte · Numeral 3.5.6
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-513.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-513 de 2024
NúmeroP20240826008637
Fecha del documento26 de agosto de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4072c419f04d….

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