Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Capacidad financiera y capacidad organizacional como requisitos habilitantes en la contratación estatal

P20210815007282 · 27 de septiembre de 2021

EpígrafeCapacidad financiera y capacidad organizacional como requisitos habilitantes en la contratación estatal
Resumen

Este documento conceptúa la interpretación del alcance del «mejor año fiscal» para evaluar los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional en el Registro Único de Proponentes (RUP), conforme a las modificaciones introducidas por los Decretos 399 y 579 de 2021. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que, al evaluar estos requisitos, las entidades estatales deben considerar el año en el que, analizados en conjunto los indicadores financieros (índice de liquidez, endeudamiento y cobertura de intereses) y organizacionales (rentabilidad del patrimonio y del activo), el proponente cumpla con los requisitos habilitantes de manera integral. La norma no permite seleccionar indicadores aislados de distintos años ni promediarlos, sino que exige evaluar el «mejor año fiscal» como un conjunto coherente, priorizando la reactivación económica y la participación plural de oferentes afectados por la pandemia. Además, se precisan los plazos y condiciones para reportar información financiera en el RUP, así como la discrecionalidad de las entidades para establecer indicadores proporcionales al objeto contractual.

Problema jurídico

Interpretación y aplicación de los requisitos de capacidad financiera y organizacional conforme a los Decretos 399 y 579 de 2021

Fragmentos citables
Por «mejor año fiscal» se interpreta la información relativa al año apreciada en su conjunto, o sea, de manera integral, que permita al proponente cumplir los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional. Dicho de otro modo, cuando el parágrafo transitorio del artículo 2.2.1.1.1.6.2, adicionado por el artículo 6 del Decreto 399 de 2021, establece que «[…] las Entidades Estatales evaluarán estos indicadores, teniendo en cuenta el mejor año fiscal que se refleje en el registro de cada proponente», significa que deben examinar los años certificados en el RUP y escoger para ser evaluado el que refleje mejores indicadores de capacidad financiera y organizacional.
Establece la regla central del documento: la definición de «mejor año fiscal» como criterio de evaluación integral, no por indicadores aislados.
A partir del 1 de julio de 2021 las entidades estatales «[…] establecerán y evaluarán los requisitos habilitantes de capacidad financiera y organizacional teniendo en cuenta la información que conste en el Registro Único de Proponentes». Es decir, las entidades estatales deben tener en cuenta la información sobre la capacidad financiera y organizacional «correspondiente a los últimos tres (3) años fiscales anteriores al respectivo acto» o «desde su primer cierre fiscal», según el caso.
Define el marco temporal para la evaluación y la fuente de información (RUP), clave para entender el alcance de la norma.
Tales requisitos deben establecerse por la entidad estatal en el pliego de condiciones o documento equivalente y han de ser el resultado de un adecuado análisis en la fase de planeación, que permita establecer índices de capacidad financiera y organizacional razonables. Ahora bien, del hecho de que la entidad estatal deba evaluar los indicadores de capacidad financiera y organizacional teniendo en cuenta el «mejor año fiscal», no se infiere que el proponente siempre cumplirá tales requisitos habilitantes, pues, precisamente, ese es el análisis que deberá hacer la entidad pública con la información disponible en el RUP.
Explica la autonomía de las entidades para definir requisitos y aclara que el «mejor año fiscal» no garantiza automáticamente el cumplimiento de los requisitos.
MateriasCapacidad Financiera · Capacidad Organizacional · Decreto 1082 De 2015 · Decreto 399 De 2021 · Decreto 579 De 2021 · Mejor Año Fiscal · Registro Único De Proponentes /rup · Contratación estatal · Rup · N/a
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1633724694790-C-530.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-530 de 2021
NúmeroP20210815007282
Fecha del documento27 de septiembre de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: abdb00cea4cd….

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