Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Aplicación de documentos tipo de infraestructura social en procesos de mínima cuantía para actividades de silvicultura en infraestructura educativa

1_2026_03_30_004433 · 12 de mayo de 2026

EpígrafeAplicación de documentos tipo de infraestructura social en procesos de mínima cuantía para actividades de silvicultura en infraestructura educativa
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre la aplicación obligatoria de los documentos tipo en procesos de mínima cuantía para actividades de silvicultura en el sector educativo. La autoridad precisa que la obligatoriedad de estos instrumentos depende de si el objeto contractual se subsume en las actividades estandarizadas en las matrices de experiencia, específicamente en la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de mínima cuantía para infraestructura educativa. Así, actividades como poda, tala o mantenimiento de arbolado urbano podrían enmarcarse en la actividad 2.7 de paisajismo asociado a infraestructura educativa, siempre que se ajusten a la definición de obra pública y cumplan con los requisitos de los documentos tipo. Sin embargo, la entidad contratante debe realizar un análisis particular para determinar la aplicabilidad en cada caso concreto, pues la competencia de la Agencia se limita a orientar sobre normas generales sin validar actuaciones específicas. Además, se señala que árboles y plantas, al ser inmuebles por adhesión, pueden ser objeto de contratos de obra pública cuando se realicen actividades como mantenimiento o restitución sobre ellos.

Problema jurídico

Determinar si los documentos tipo del sector educativo en modalidad de mínima cuantía son aplicables a procesos que tienen por objeto actividades de silvicultura

Fragmentos citables
Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo.
Establece el criterio general para determinar la obligatoriedad de los documentos tipo, base del análisis jurídico del concepto.
Considerando la definición de silvicultura, debe indicarse que, “Matriz 1 – Experiencia” de los documentos tipo de mínima cuantía aplicables al Sector Educativo, incluye en el capítulo 2. OBRAS EN INFRAESTRUCTURA RECREODEPORTIVA Y CULTURAL EN INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA”. En este se contiene la actividad 2.7 en la que, eventualmente, podría enmarcarse la actividad por la que indaga en su solicitud: “2.7. PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O HABILITACIÓN Y/O AMPLIACIÓN Y/O RECONSTRUCCIÓN Y/O ADECUACIÓN Y/O CONSERVACIÓN Y/O INTERVENCIÓN Y/O INSTALACIÓN Y/O MANTENIMIENTO Y/O MEJORAMIENTO Y/O MODIFICACIÓN U OPTIMIZACIÓN Y/O REHABILITACIÓN Y/O REMODELACIÓN Y/O REPOSICIÓN Y/O REPARACIÓN LOCATIVA Y/O RESTAURACIÓN Y/O RESTITUCIÓN Y/O TERMINACIÓN DE ZONAS VERDES, Y/O ACTIVIDADES DE URBANISMO Y/O DE PAISAJISMO ASOCIADA A INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA”.
Identifica la actividad específica en la matriz de experiencia que podría aplicarse a las labores de silvicultura, clave para resolver la consulta.
Si bien las actividades de tala y siembra de especies arbóreas no constituyen, por sí solas, un proyecto de paisajismo, sí pueden formar parte de las obras comprendidas dentro de este. En ese sentido, corresponde a la entidad determinar si las actividades de silvicultura que pretende adelantar, de acuerdo con el alcance definido en su pliego de condiciones, pueden enmarcarse en la actividad de paisajismo prevista en la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de infraestructura educativa, en la modalidad de selección de mínima cuantía.
Delimita el alcance de la aplicabilidad de los documentos tipo, señalando que no todas las actividades de silvicultura están cubiertas, sino aquellas que se integren en proyectos de paisajismo asociado a infraestructura educativa.
Ahora bien, tal como lo sostuvo la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente “(…) siempre que se cumplan las condiciones de los artículos 656 y 657 del Código Civil, tanto los árboles como las plantas son considerados por el ordenamiento jurídico como inmuebles por adhesión; razón por la cual, sobre ellas recaen las actividades previstas en el antecitado numeral 1 del artículo 32 del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”. En este sentido, actividades como mantenimiento, reposición y restitución, entre otras sobre plantas y/o árboles, constituyen un trabajo material sobre un inmueble; razón por la cual estas actividades se encuentra en la definición de obra pública, y una vez sembrados, conforme a los artículos 656 y 657 del Código Civil, adquieren la categoría de inmuebles por adhesión mientras se mantengan en el terrero; luego, el mantenimiento de árboles y plantas también forma parte de la tipología contractual mencionada.
Explica la naturaleza jurídica de árboles y plantas como inmuebles por adhesión, fundamentando su inclusión en contratos de obra pública y, por ende, en la aplicación de los documentos tipo.
MateriasObra Pública · Documentos tipo de mínima cuantía · Infraestructura educativa · Paisajismo · Silvicultura urbana · Contratación estatal · Actividad De Paisajismo · Actividades De Silvicultura · Árboles Y Plantas · Documentos Tipo · Sector Social · Aplicación · Contrato de obra pública · Fundamento normativo · Infraestructura social · Inmuebles por adhesión · Mantenimiento · Matriz de experiencia · Obligatoriedad · Silvicultura · Vigentes
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/05/C-531.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-531 de 2026
Número1_2026_03_30_004433
Fecha del documento12 de mayo de 2026
Fecha de publicación12 de mayo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 502dbba04336….

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