Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo para interventoría de obra pública de infraestructura de transporte – Fundamentos normativos y subsanabilidad de la experiencia mínima habilitante
P20210830007815 · 11 de octubre de 2021Contratación estatalcorte constitucionaldocumentos tipodecreto ley 4170 de 2011ley 1882 de 2018subsanabilidadexperiencia mínima habilitanteinterventoría de obra públicaley 1150 de 2007ley 2022 de 2020resolución 256 de 2020contratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo para interventoría de obra pública de infraestructura de transporte – Fundamentos normativos y subsanabilidad de la experiencia mínima habilitante |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo obligatorios para procesos de selección de concurso de méritos en interventoría de obras públicas de infraestructura de transporte, adoptados mediante la Resolución 256 de 2020. Fija la posición de que estos documentos son de obligatorio cumplimiento para las entidades estatales que contraten interventorías en los proyectos incluidos en la «Matriz 1 – Experiencia», salvo que la entidad identifique necesidades específicas no cubiertas por dichos documentos. Además, precisa que la subsanabilidad de la experiencia mínima habilitante —requisito para participar en el proceso— solo procede cuando el proponente no acredita el porcentaje mínimo exigido, pero en ningún caso permite subsanar aspectos que incidan en la asignación de puntaje. La experiencia subsanada no genera puntos, asignándose cero al criterio correspondiente. La regulación se fundamenta en el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y en los principios de selección objetiva, garantizando que la subsanación no desnaturalice la asignación de puntaje ni vulnere la autonomía de las entidades territoriales. |
| Problema jurídico | Determinar el fundamento normativo de los documentos tipo para interventoría de obra pública de infraestructura de transporte y el alcance de la subsanabilidad de la experiencia mínima habilitante del proponente en procesos de selección de concurso de méritos. |
| Fragmentos citables | En este sentido, con la finalidad de realizar un desarrollo armónico y ajustado a la ley que otorga esta competencia, la Agencia Nacional de Contratación Pública expidió la Resolución 160 del 15 de septiembre de 2020, «Por la cual se adopta el procedimiento para implementar los documentos tipo y se define el sistema para su revisión». Además, con fundamento en esta ley, expidió la Resolución 240 del 27 de noviembre de 2020, «Por la cual se actualizan los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 0045 de 2020». Este documento tipo aplica a los procesos de interventoría de obras públicas de infraestructuras de transporte celebrados en cualquiera de sus modalidades de selección, que correspondan con las actividades definidas en la Matriz 1 – Experiencia. En consecuencia, las actividades de infraestructura de transporte no contempladas en la Matriz 1 – Experiencia no tienen que aplicarlos; sin perjuicio de lo previsto en el artículo 4 de la resolución que adopta los documentos tipo de interventoría de obra pública de infraestructura de transporte. De esta manera, la subsanación procede únicamente con la finalidad de habilitarse en el procedimiento de selección, pero no para subsanar la experiencia incidiendo en la asignación de puntaje. Por este motivo, se dispone que cuando el proponente tenga que subsanar la experiencia por no cumplir el requisito mínimo habilitante se le asignarán cero puntos por el criterio de asignación de puntaje «experiencia del proponente». |
| Materias | Corte Constitucional · Documentos Tipo · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley 1882 de 2018 · Subsanabilidad · Experiencia mínima habilitante · Interventoría de obra pública · Ley 1150 de 2007 · Ley 2022 de 2020 · Resolución 256 de 2020 · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1651699892865-1634693463220-C-565.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 866e30896bc2….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.