Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Planeación contractual y autonomía para calcular el precio en contratos estatales

P20220811007969 · 23 de septiembre de 2022

EpígrafePlaneación contractual y autonomía para calcular el precio en contratos estatales
Resumen

El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del principio de planeación en la contratación estatal y la autonomía de las entidades para estructurar el precio de los contratos. Fija la posición de que los estudios previos son esenciales para determinar la necesidad contractual, justificar la modalidad de selección, calcular el valor estimado y analizar el sector económico y los oferentes desde perspectivas legal, comercial, financiera y organizacional. Precisa que el precio, como elemento contractual, debe ser determinado o determinable, compuesto por costos y utilidad, y que su cálculo —mediante metodologías como precios unitarios, globales o administración delegada— debe sustentarse en análisis de mercado (cotizaciones, bases de datos o precios históricos). Además, señala que la entidad no puede fijar un precio de referencia basado exclusivamente en resultados de subastas, sino que debe fundamentarse en estudios técnicos y económicos previos que garanticen la eficiencia, eficacia y economía del proceso. Los estudios previos, además de cumplir con requisitos normativos, sirven como soporte para la elaboración de pliegos, actos administrativos y el contrato mismo, debiendo publicarse durante el proceso de contratación.

Problema jurídico

Determinar la viabilidad de fijar como precio de referencia un valor obtenido de un evento de subasta con lances considerables, en el marco de la autonomía de las entidades estatales para calcular el precio en los contratos estatales

Fragmentos citables
De esta manera, antes de iniciar un procedimiento de selección, la entidad estatal podrá determinar con los estudios previos: i) la verdadera necesidad de la celebración del contrato; ii) las modalidades existentes para satisfacer esa necesidad y las razones que justifiquen la modalidad o tipo contractual que se escoja; iii) las calidades, especificaciones, cantidades y demás características que puedan o deban reunir los bienes, las obras o los servicios cuya contratación se haya determinado necesaria, iv) los costos, valores y alternativas que, a precios de mercado reales, podría demandar la celebración y ejecución del contrato, v) la disponibilidad de recursos o la capacidad financiera de la entidad contratante, para asumir las obligaciones de pago producto de la celebración de ese pretendido contrato; vi) la existencia y disponibilidad, en el mercado nacional o internacional, de proveedores, constructores, profesionales, etc., en condiciones de atender los requerimientos y satisfacer las necesidades y vii) los procedimientos, trámites y requisitos que deban satisfacerse, reunirse u obtenerse para llevar a cabo la selección del respectivo contratista y la celebración del contrato que se pretenda celebrar.
Establece los elementos mínimos que deben contener los estudios previos según el principio de planeación, fundamentando la necesidad de su elaboración para garantizar la legalidad y eficiencia de los contratos estatales.
La entidad debe realizar el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del proceso de contratación, sin que sea relevante la modalidad de selección. Hacer un análisis desde la perspectiva legal implica la revisión de la regulación vigente para el mercado dentro del que se encuentra el objeto del contrato. La perspectiva comercial hace referencia a analizar quiénes pueden ofrecer el bien o servicio que se quiere contratar, cuáles son sus condiciones, si tienen condiciones especiales que sean relevantes para determinar los requisitos habilitantes, entre otros. Desde una perspectiva financiera, el análisis conlleva una revisión de las características financieras que se presentan dentro del mercado del bien o servicio, como por ejemplo el índice de endeudamiento que tienen las empresas o personas naturales que ofrecen dicho bien o servicio.
Define el alcance del análisis del sector económico y de los oferentes, destacando su carácter multidisciplinario y su función para sustentar decisiones contractuales desde la eficiencia y economía.
El precio, entonces, es el valor que se da por el objeto, generalmente en dinero, que debe ser determinado o determinable, en los términos de los artículos 1864 y 1865 del Código Civil y, de manera general está compuesto por dos elementos esenciales: los costos y la utilidad, cuya estructuración interna depende de las condiciones técnicas, financieras, regulatorias, etc. de cada contrato.
Precisa la naturaleza jurídica del precio en los contratos estatales, su composición y los criterios para su determinación, según el marco legal aplicable.
Desde la etapa de planeación, en la fase precontractual, las entidades estatales deben calcular tanto el valor estimado del contrato como el presupuesto oficial destinado para satisfacer la necesidad que se pretende suplir con el contrato, mediante la realización del análisis del sector –que incluye el estudio del mercado– y definir la metodología con la cual estructurarán el precio del contrato. Dicho de otro modo, hace parte de los estudios previos la definición del esquema que la Administración usará para estipular el precio.
Establece la obligación de las entidades de calcular el precio durante la planeación, vinculando su estructuración a los estudios de mercado y a metodologías técnicas, sin limitarse a referencias externas como subastas.
MateriasEstudios Previos · Precio · Autonomía de las entidades estatales · Evento de subasta · Planeación contractual · Precio en contratos estatales · Contratación estatal · Principio De Planeación · Análisis del sector económico y de los oferentes
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1665088570953-C-607.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-607 de 2022
NúmeroP20220811007969
Fecha del documento23 de septiembre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: c329422e8986….

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