Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

C-614 DE 2022

P20220812008034 · 5 de octubre de 2022

EpígrafeConsorcios y uniones temporales – capacidad jurídica y aportes a la seguridad social integral
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente–, conceptúa sobre la naturaleza jurídica de los consorcios y uniones temporales y su relación con las obligaciones de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral durante la ejecución de contratos estatales. Fija la posición de que, aunque estos sujetos no son personas jurídicas conforme al artículo 7 de la Ley 80 de 1993, sí tienen capacidad jurídica para celebrar y ejecutar contratos con el Estado, así como para comparecer en procesos administrativos y judiciales a través de su representante legal. Además, precisa que su obligación de acreditar aportes a la seguridad social puede cumplirse de dos formas: cuando existe una relación laboral directa entre el trabajador y el consorcio o unión temporal, o cuando el representante legal es designado para certificar los aportes, pese a que la relación laboral sea con los miembros individuales. El documento fundamenta su análisis en la normativa de contratación pública y en la jurisprudencia constitucional y administrativa, destacando que la verificación de estos requisitos debe realizarse en distintas etapas del proceso contractual, desde la presentación de la oferta hasta la liquidación del contrato.

Problema jurídico

Determinar si los consorcios y uniones temporales pueden acreditar directamente el cumplimiento de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral durante la ejecución de un contrato estatal, y bajo qué supuestos

Fragmentos citables
Los consorcios y uniones temporales son convenios de asociación provenientes de la colaboración empresarial, mediante los cuales sus integrantes se unen y organizan mancomunadamente para lograr con mayor eficacia un fin común de contenido patrimonial y lucrativo, como lo es la obtención del derecho a ser adjudicatarios de un contrato estatal. Estos sujetos comparten recursos de toda índole con el propósito de lograr la ejecución del contrato y, al mismo tiempo, compartir las utilidades y los riesgos.
Define la naturaleza jurídica y el propósito de los consorcios y uniones temporales, clave para entender su capacidad contractual y su relación con el Estado.
Al no ser los consorcios y uniones temporales personas jurídicas, su creación convencional se logra mediante un acuerdo privado en el que concurre la voluntad de sus integrantes para regular su objeto, la participación de los miembros, las obligaciones frente al proyecto que los une, la responsabilidad de los miembros y la forma en que regirán sus relaciones internas y el relacionamiento con la entidad contratante, mediante la designación de un representante.
Explica el mecanismo de constitución y la figura del representante legal, esencial para su participación en la contratación estatal y en procesos judiciales.
Sin perjuicio del contenido de las cláusulas que se hayan pactado en cada contrato, frente a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones con el Sistema de Seguridad Social Integral, los consorcios y uniones temporales pueden asumir la obligación de certificar aportes al Sistema en función de dos supuestos: i) cuando la relación laboral en virtud de la cual se debe hacer el aporte es entre el trabajador y el consorcio o unión temporal directamente; y ii) cuando el representante legal del consorcio o unión temporal es designado para ello, a pesar de que la relación laboral es entre el trabajador y las personas que conforman la figura.
Establece los dos supuestos en los que los consorcios y uniones temporales pueden acreditar aportes a la seguridad social, resolviendo una duda práctica en la ejecución de contratos.
En conclusión, los consorcios y uniones temporales no son personas jurídicas, pero son entes creados por el acuerdo de voluntades de sus miembros, los cuales están facultados, en virtud de la ley y del contrato consorcial, para celebrar y ejecutar contratos con entidades estatales y para ser parte en procesos administrativos y judiciales derivados de la celebración y la ejecución de aquellos, e incluso para ser parte en procesos laborales.
Sintetiza la posición final de la autoridad sobre la capacidad jurídica y procesal de estos sujetos, consolidando su reconocimiento en el ordenamiento jurídico.
MateriasCapacidad Jurídica · Consorcios Y Uniones Temporales · Contratos Estatales · Seguridad Social Integral · Aportes parafiscales · Consorcios · Uniones temporales · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1668590285296-C-614.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
NúmeroP20220812008034
Fecha del documento5 de octubre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ae31e713a2e6….

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