Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Viabilidad de solicitar cotizaciones a ESAL en estudios de mercado para contratación estatal

1_2026_04_17_005248 · 28 de mayo de 2026

EpígrafeViabilidad de solicitar cotizaciones a ESAL en estudios de mercado para contratación estatal
Resumen

El documento conceptúa que las entidades estatales deben realizar estudios previos como herramienta de gerencia pública para planificar los procesos contractuales, garantizando la satisfacción de necesidades administrativas y la protección de intereses públicos. Fija la posición de que estos estudios, que incluyen análisis del sector y del mercado, son obligatorios antes de iniciar cualquier procedimiento de selección o celebrar contratos directos, conforme a la Ley 80 de 1993 y el Decreto 1082 de 2015. Precisa que, dentro de estos estudios, las entidades pueden solicitar cotizaciones a Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) como parte del estudio de mercado, siempre que estas cotizaciones tengan carácter referencial y no generen obligaciones contractuales. Además, reconoce la autonomía de las entidades para definir metodologías en sus manuales de contratación, siempre que se ajusten a la normativa vigente y respeten principios como transparencia, igualdad y selección objetiva. Señala que la participación de un proveedor en el estudio de mercado no lo inhabilita para participar en el proceso de selección posterior, y que los estudios previos deben ser públicos y servir de sustento técnico, económico y jurídico para los documentos contractuales.

Problema jurídico

Determinar la viabilidad jurídica de que una entidad estatal solicite cotizaciones a ESAL para adelantar estudios de mercado en procesos de contratación

Fragmentos citables
Los artículos 25 de la Ley 80 de 1993 y 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 imponen a las Entidades Estatales el deber de elaborar estudios previos suficientes antes de iniciar el proceso de selección, incluyendo la determinación del valor estimado del contrato y su respectiva justificación. Para cumplir esta finalidad, la entidad debe realizar un análisis del sector y del mercado que le permita identificar precios, condiciones técnicas, características del bien o servicio, disponibilidad de oferentes y demás variables relevantes para estructurar adecuadamente el proceso contractual.
Establece el fundamento normativo y el contenido mínimo de los estudios previos, clave para entender la obligatoriedad y alcance de estos en la contratación estatal.
No obstante, dichas cotizaciones tienen carácter meramente referencial y no generan obligación contractual para la entidad ni para quien las presenta. Igualmente, la sola participación de un potencial proveedor en el estudio de mercado no le impide participar posteriormente en el proceso de selección, siempre que se respeten los principios de transparencia, igualdad y selección objetiva.
Aclara los límites y efectos de las cotizaciones en estudios de mercado, evitando confusiones sobre su naturaleza y consecuencias jurídicas.
Las Entidades Estatales cuentan con autonomía para definir la metodología aplicable al estudio del sector y al estudio de mercado, conforme a sus manuales de contratación y a las particularidades del proceso, siempre que se ajusten a lo previsto en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015.
Reconoce la autonomía técnica de las entidades en la planeación contractual, siempre dentro del marco legal, lo que permite flexibilidad en la metodología de los estudios previos.
MateriasEstudio De Mercado · Estudios Previos · Autonomía de las entidades estatales · Cotizaciones · Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) · Contratación estatal · Planeación · Análisis del sector · Autonomía · Estudio del mercado · Metodologías · Planeación En Los Procesos De Contratación Pública
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/05/C-633.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-633 de 2026
Número1_2026_04_17_005248
Fecha del documento28 de mayo de 2026
Fecha de publicación29 de mayo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4849feb39616….

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