Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Interpretación sobre limitación territorial de convocatorias a mipymes en procesos de selección abreviada de menor cuantía

P20220830008631 · 10 de octubre de 2022

EpígrafeInterpretación sobre limitación territorial de convocatorias a mipymes en procesos de selección abreviada de menor cuantía
Resumen

Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las normas que regulan las convocatorias limitadas territorialmente a mipymes en procesos de contratación estatal, en particular tras la expedición de la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación mediante el Decreto 1860 de 2021. La autoridad fija la posición de que la limitación territorial solo aplica a mipymes con domicilio principal en el municipio o departamento donde se ejecutará el contrato, excluyendo sucursales o establecimientos de comercio, y que esta facultad está condicionada a la verificación previa de requisitos legales y reglamentarios. Además, precisa que en procesos de selección abreviada de menor cuantía, cuando no se limite territorialmente, el sorteo para seleccionar hasta diez proponentes debe realizarse entre todos los interesados, sin restricción regional. El fundamento se basa en la interpretación del artículo 34 de la Ley 2069 de 2020, el parágrafo 1 del artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 y los decretos reglamentarios modificatorios, destacando que la vigencia de normas anteriores contrarias quedó afectada por el fenómeno del decaimiento.

Problema jurídico

Determinar si una entidad estatal puede limitar, en procesos de selección abreviada de menor cuantía, la selección de los 10 oferentes a proponentes de una sola región cuando no está establecido en pliegos ni en estudio previo

Fragmentos citables
En opinión de esta Agencia, dicho artículo del Decreto reglamentario perdió vigencia, porque su contenido era contrario al del artículo 34 de la Ley 2069 de 2020. En tal sentido, operó la pérdida de fuerza ejecutoria, de conformidad con el artículo 91, numeral 2, de la Ley 1437 de 2011, que establece que los actos administrativos –categoría que, como es sabido, incluye los decretos reglamentarios– dejan de ser obligatorios o decaen «Cuando desaparezcan sus fundamentos de hecho o de derecho».
Establece el fundamento jurídico para la pérdida de vigencia de normas reglamentarias anteriores, clave para entender el alcance de la regulación actual.
ARTÍCULO 2.2.1.2.4.2.3. Limitaciones territoriales. De conformidad con el parágrafo 1 del artículo 12 de la Ley 1150 de 2007, las Entidades Estatales, independientemente de su régimen de contratación, los patrimonios autónomos constituidos por Entidades Estatales y los particulares que ejecuten recursos públicos, pueden realizar convocatorias limitadas a Mipyme colombianas que tengan domicilio en los departamentos o municipios en donde se va a ejecutar el contrato.
Regla central que define el ámbito territorial de aplicación de la limitación a mipymes, con precisión sobre el concepto de domicilio.
Si la Entidad Estatal recibe más de diez (10) manifestaciones de interés puede continuar el proceso o hacer un sorteo para seleccionar máximo diez (10) interesados con quienes continuará el Proceso de Contratación. La Entidad Estatal debe establecer en los pliegos de condiciones si hay lugar a sorteo y la forma en la cual lo hará.
Regla procedimental para la selección abreviada de menor cuantía, esencial para entender el alcance del sorteo en estos procesos.
MateriasMipymes · Domicilio de Mipymes · Limitación territorial · Selección abreviada de menor cuantía · Sorteo en selección abreviada · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Contratación estatal · Ley De Emprendimiento · Ley 2069 De 2020 · Vigencia
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1665584581302-C-643.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-643 de 2022
NúmeroP20220830008631
Fecha del documento10 de octubre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5046a169cdef….

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