Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Plan Anual de Adquisiciones – Noción, obligatoriedad y reglas de actualización

P20250522004961 · 2 de julio de 2025

EpígrafePlan Anual de Adquisiciones – Noción, obligatoriedad y reglas de actualización
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance y contenido del Plan Anual de Adquisiciones (PAA) en el marco de la contratación pública colombiana, precisando su naturaleza estimativa y los requisitos mínimos que debe contener según el Decreto 1082 de 2015. Fija la posición de que el PAA no establece un número mínimo ni máximo de procesos contractuales que puedan respaldarse en una misma línea del plan, ya que su finalidad es identificar necesidades de contratación durante la vigencia fiscal. Además, señala que la actualización del PAA debe realizarse al menos una vez al año, pudiendo ajustarse por cambios en cronogramas, valores, modalidades de selección, inclusión o exclusión de bienes, obras o servicios, o modificaciones presupuestales. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– enfatiza que el PAA es un instrumento de planeación y orientación, sin restringir las decisiones posteriores de contratación, y que su elaboración debe ajustarse a los lineamientos de la Guía para elaborar el PAA, aunque esta última tiene carácter orientador y no vinculante.

Problema jurídico

Determinar si la relación entre un proceso de contratación y una línea del Plan Anual de Adquisiciones debe ser estrictamente uno a uno o si una misma línea puede respaldar múltiples procesos contractuales

Fragmentos citables
La Guía para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de esta Agencia, define al Plan Anual de Adquisiciones, en adelante PAA como “un instrumento de planificación y orientación de la contratación de las Entidades Estatales, diseñado para identificar las necesidades de contratación, en el que se incluyen, de manera estimativa, los bienes, obras y servicios que la Administración Pública está interesada en adquirir para determinada vigencia”. Sin perjuicio de lo anterior, el PAA no restringe las decisiones en la contratación que habrán de adoptarse dentro de la anualidad respectiva, por lo que se considera un documento de carácter estimativo que tiene entre otras finalidades, la de “servir como referente inicial para evaluar la ejecución de presupuesto y pronosticar la demanda de bienes y servicios de la entidad durante el año referido del plan”.
Define la naturaleza estimativa y orientadora del PAA, clave para entender su alcance y límites en la contratación pública.
se evidencia que dichas disposiciones no establecen un número mínimo ni máximo respecto de las necesidades que puedan relacionarse en una misma descripción en el referido plan. Lo anterior, en razón a que, lo que exige la norma, particularmente en los artículos 2.2.1.1.1.4.1, 2.2.1.1.1.4.36 y 2.2.1.1.1.4.47 del Decreto 1082 de 2015, es que las Entidades Estatales relacionen en el Plan Anual de Adquisiciones la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante una determinada vigencia fiscal.
Responde directamente a la consulta sobre si una línea del PAA puede respaldar múltiples procesos contractuales, aclarando la ausencia de límites normativos.
el artículo 2.2.1.1.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015, dispuso que este deberá actualizarse “por lo menos una vez durante su vigencia”. De esta forma se tiene que, las Entidades Estatales podrán actualizar el Plan Anual de Adquisiciones cuantas veces lo estimen necesario, siempre y cuando se encuentren dentro de los supuestos establecidos en el inciso segundo de la referida norma, esto es: i) cuando haya ajustes en los cronogramas de adquisición, valores, modalidad de selección, origen de los recursos; ii) para incluir nuevas obras, bienes y/o servicios; (iii) excluir obras, bienes y/o servicios; o iv) modificar el presupuesto anual de adquisiciones.
Establece las condiciones y frecuencia para la actualización del PAA, aspecto relevante para su gestión y cumplimiento normativo.
MateriasContratacion Pública · Decreto 1082 De 2015 · Guía para elaborar el plan anual de adquisiciones · Plan anual de adquisiciones · Contratación estatal · Adquisiciones a relacionar · Noción · Número límite · Obligatoriedad De Elaboración · Reglas para actualizarlo
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-645.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-645 de 2025
NúmeroP20250522004961
Fecha del documento2 de julio de 2025
Fecha de publicación2 de julio de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 86e26ecbfac9….

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