Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
La contratación de apoyo a la supervisión de contratos estatales mediante contratos de prestación de servicios con personas naturales y jurídicas
P20211012009410 · 12 de octubre de 2021Contratación estatalcontratación directacontrato de prestación de servicioscontratos de prestación de serviciospersona jurídicapersona naturalsupervisión de contratoscontratación estatalcontrato estatalsupervisiónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | La contratación de apoyo a la supervisión de contratos estatales mediante contratos de prestación de servicios con personas naturales y jurídicas |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la posibilidad de celebrar contratos de prestación de servicios para apoyar la supervisión de contratos estatales, precisando su alcance y límites. Fija la posición de que tales contratos pueden suscribirse tanto con personas naturales como jurídicas, siempre que estas demuestren idoneidad y experiencia en el área correspondiente, conforme al artículo 2.2.1.2.1.4.9. del Decreto 1082 de 2015. Sin embargo, enfatiza que la responsabilidad por el control y vigilancia de la ejecución contractual recae exclusivamente en la entidad estatal contratante, la cual debe ejercerla mediante sus funcionarios o servidores públicos, pudiendo contratar apoyo externo solo para actividades complementarias y nunca para asumir la supervisión directa. Además, distingue entre supervisión (ejercida por funcionarios públicos) e interventoría (contratada externamente), y delimita el objeto de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, excluyendo la posibilidad de delegar funciones públicas esenciales. |
| Problema jurídico | Determinar si las entidades estatales pueden celebrar contratos de prestación de servicios para apoyar la supervisión de contratos con personas naturales y jurídicas, sin delegar la función pública de supervisión. |
| Fragmentos citables | Por disposición del artículo 2.2.1.2.1.4.9. del Decreto 1082 de 2015, los contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión pueden celebrarse tanto con personas naturales como jurídicas. Esta norma establece que «[l]as Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate». La responsabilidad por el control y vigilancia de la ejecución del contrato está a cargo de la entidad estatal contratante y, por tanto, es esta quien debe supervisar los contratos mediante sus funcionarios o servidores públicos, y únicamente puede contratar personal en caso de necesitarlo como apoyo a su gestión en la supervisión. De este modo, el contratista podría fungir de apoyo a la supervisión del contrato, en la medida en que el contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión tenga como objeto obligaciones dirigidas a apoyar dicha actividad de supervisión de contratos. En tal sentido, los contratistas no pueden asumir de forma íntegra, directa y excluyente la actividad de supervisión de los contratos estatales. La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados. Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos. En suma, es posible que las entidades estatales celebren contratos de prestación de servicios para apoyar las actividades de supervisión cuando así lo requieran, sin que ello implique ejercer directamente la función de supervisión, pues dicha labor corresponde a los funcionarios que la entidad designe para tal fin. |
| Materias | Contratación Directa · Contrato De Prestación De Servicios · Contratos De Prestación De Servicios · Persona jurídica · Persona natural · Supervisión de contratos · Contratación estatal · Contrato Estatal · Supervisión |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1638306795580-C-654-1.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: d5e159063457….
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