Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Reglas aplicables a la enajenación de bienes inmuebles fiscales por entidades públicas y su relación con el proceso divisorio
1_2026_04_21_005385 · 2 de junio de 2026Contratación estatalcisaenajenación de bienesbienes fiscalesmodalidad de selección abreviadaproceso divisoriocontratación estatalbienesbienes públicosenajenaciónenajenación de bienes inmueblesbienes inmueblesbienes inmuebles que no requieran para el ejercicio de funcionesbienes mueblescódigo civilcomuneroscondicionesmodalidad de contrataciónmodalidad de selecciónreglasrequisitostipostítulo gratuitoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Reglas aplicables a la enajenación de bienes inmuebles fiscales por entidades públicas y su relación con el proceso divisorio |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente –, conceptúa sobre las reglas aplicables a la enajenación de bienes inmuebles fiscales indivisibles por parte de entidades públicas, especialmente cuando estos forman parte de una comunidad proindiviso con particulares. Fija la posición de que, fuera de un proceso divisorio judicial, la entidad estatal puede enajenar libremente su cuota ideal sin derecho de preferencia a favor de los demás comuneros, conforme a la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015. Solo en el marco de un proceso divisorio regulado en el artículo 414 del Código General del Proceso, los comuneros pueden ejercer el derecho de compra preferente sobre la participación de la entidad estatal, y en su defecto, adquirir el bien en remate. Además, precisa que las transacciones celebradas dentro de este proceso judicial deben ajustarse a las reglas del Código General del Proceso. También advierte que, en caso de bienes no requeridos para el ejercicio de funciones, las entidades nacionales deben transferirlos gratuitamente a la Central de Inversiones CISA S.A., salvo excepciones legales. |
| Problema jurídico | Determinar si una entidad pública puede vender un bien inmueble fiscal indivisible a un particular en un proceso divisorio sin eludir la modalidad de selección abreviada prevista en la normativa de contratación pública, y si la venta judicial en este escenario desplaza la aplicación de la modalidad de selección abreviada |
| Fragmentos citables | Solo en este contexto judicial, aplica el derecho de compra y, en su defecto, la posibilidad de adquirir el bien en remate con las ventajas previstas por la ley. Así mismo, en cuanto a la transacción que se adelante en el marco del proceso judicial deberá ser objeto de revisión, conforme a las reglas del artículo 312 de la Ley 1564 de 2012 – Código General del Proceso-, así como lo prescrito en el artículo 313. Fuera de este escenario judicial, la entidad estatal puede enajenar libremente su cuota ideal sin que exista derecho de preferencia alguno a favor de los demás comuneros, conforme a lo regulado en la Ley 1150 de 2007 y en el Decreto 1082 de 2015, explicado en las razones de este concepto. De esta forma, sobre los bienes fiscales, a pesar de estar destinados a la prestación de servicios públicos, las Entidades Estatales tienen la facultad de disponer de ellos a través de un acto jurídico como la compraventa, la donación, el arriendo, entre otros. todas las entidades públicas del orden nacional deben transferir a CISA, a título gratuito y por medio de un acto administrativo, los bienes inmuebles, participaciones accionarias y activos de su propiedad que no requieran para el ejercicio de sus funciones. |
| Materias | Cisa · Enajenación De Bienes · Bienes fiscales · Modalidad de selección abreviada · Proceso divisorio · Contratación estatal · Bienes · Bienes Públicos · Enajenación · Enajenación De Bienes Inmuebles · Bienes inmuebles · Bienes inmuebles que no requieran para el ejercicio de funciones · Bienes muebles · Código Civil · Comuneros · Condiciones · Modalidad de contratación · Modalidad de selección · Reglas · Requisitos · Tipos · Título Gratuito |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/06/C-655.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 02f22dc816d7….
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