Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Aplicación de los criterios de desempate en los procesos de mínima cuantía

P20250527005113 · 8 de julio de 2025

EpígrafeAplicación de los criterios de desempate en los procesos de mínima cuantía
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la aplicación de los factores de desempate en los procesos de mínima cuantía de la contratación estatal, precisando su alcance normativo y límites. Fija la posición de que los criterios establecidos en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 son de aplicación obligatoria y transversal a todas las modalidades de selección, incluyendo la mínima cuantía, incluso cuando no se utilice el puntaje como mecanismo de evaluación. Fundamenta esta interpretación en la remisión expresa del Decreto 1860 de 2021 al artículo 35 de la Ley 2069 de 2020, así como en el principio de selección objetiva consagrado en la Ley 1150 de 2007. Además, destaca que los factores de desempate deben aplicarse de manera sucesiva y excluyente, respetando los compromisos internacionales y garantizando la reserva legal de información sensible. La autoridad advierte que su competencia se limita a orientar la interpretación normativa general, sin resolver casos particulares ni validar actuaciones administrativas.

Problema jurídico

Determinar la forma de aplicación de los criterios de desempate en los procesos de selección de mínima cuantía

Fragmentos citables
Así las cosas, el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación mediante el Decreto 1860 de 2021 establecen una herramienta normativa clara y obligatoria para resolver empates en los procesos de contratación pública, incluso en modalidades como la mínima cuantía. La aplicación sucesiva de los criterios definidos —que priorizan la inclusión, el desarrollo regional, el emprendimiento y la equidad de género— permite a las entidades garantizar una selección objetiva, transparente y alineada con los principios constitucionales que rigen la función administrativa.
Establece la regla central del documento: la obligatoriedad de aplicar los factores de desempate del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 en todos los procesos de contratación, incluyendo la mínima cuantía, y su finalidad de garantizar selección objetiva.
En consecuencia, el desempate no puede propiciarse acudiendo arbitrariamente a consideraciones subjetivas que no estén amparadas en el ordenamiento jurídico, sino que deben aplicarse los factores permitidos por las disposiciones normativas que regulan esta materia, entre las que se encuentra el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020. La jurisprudencia comparte la idea de que los criterios de desempate deben estar establecidos de antemano y constituyen un límite a la discrecionalidad administrativa en los procedimientos de selección.
Destaca los límites a la discrecionalidad administrativa en el desempate, subrayando la obligatoriedad de los factores normativos y su fundamento en la jurisprudencia.
De esta forma, a través del artículo en mención se permite la debida aplicación de los factores de desempate previstos y se garantiza la selección objetiva de los contratistas. Esta regulación impide que la forma de acreditación de los factores de desempate dependa de la discrecionalidad administrativa, por lo que pretende una regulación uniforme de la materia conforme al alcance de cada una de las causales contenidas en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2021.
Explica la función del Decreto 1860 de 2021 en estandarizar la acreditación de los factores de desempate, eliminando la discrecionalidad y garantizando uniformidad.
MateriasDecreto 1860 De 2021 · Factores De Desempate · Ley 2069 De 2020 · Mínima Cuantía · Selección Objetiva · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Contratación estatal · Empate · Ley De Emprendimiento · Artículo 35 · Características · Límites · Procedimiento de selección · Puntajes
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-668.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-668 de 2025
NúmeroP20250527005113
Fecha del documento8 de julio de 2025
Fecha de publicación10 de julio de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: d5688338d509….

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