Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Respuesta a consulta sobre Matriz 1 – Experiencia en documentos tipo de infraestructura de transporte

P20211116010558 · 16 de noviembre de 2021

EpígrafeRespuesta a consulta sobre Matriz 1 – Experiencia en documentos tipo de infraestructura de transporte
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-672 de 2021, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo para licitación pública de obra pública de infraestructura de transporte, específicamente en lo relacionado con la Matriz 1 – Experiencia para la actividad 2.3 (Mantenimiento o Rehabilitación en Vías Terciarias). Fija la posición de que la experiencia exigida en estos procesos debe ajustarse estrictamente a los parámetros establecidos en la Matriz 1, según el tipo de infraestructura, la actividad contratada y la cuantía del proceso, sin que pueda restringirse a actividades específicas no previstas en el documento tipo. Además, precisa que la nota incluida en la Matriz 1 sobre la validez de experiencias ejecutadas en asfalto natural o asfaltita no es restrictiva, sino aclaratoria, permitiendo acreditar la experiencia en proyectos realizados con estos materiales, sin excluir otras modalidades como pavimento asfáltico, hidráulico o placa huella. El documento enfatiza la obligatoriedad de los documentos tipo y la inalterabilidad de sus contenidos, salvo los aspectos señalados entre corchetes que pueden ser ajustados por las entidades contratantes conforme a los lineamientos establecidos.

Problema jurídico

Aclaración sobre la interpretación y aplicación de la nota incluida en el numeral 2.3 de la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, respecto a la validez de la experiencia en vías construidas con asfalto natural o asfaltita.

Fragmentos citables
la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió las Resoluciones No. 240 y 241 del 27 de noviembre 2020, mediante las cuales se adoptan los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – versión 3 y de selección abreviada de menor cuantía de obra de infraestructura de transporte – versión 2. Estas versiones de los documentos tipo son obligatorias a partir del 1º de enero de 2021.
Establece el marco normativo y temporal de los documentos tipo, fundamentales para entender su obligatoriedad y alcance en los procesos de contratación.
la entidad deberá establecer si aplica la Matriz 1 de proyectos de complejidad media-baja o la de proyectos de complejidad alta, para luego subsumir el objeto contractual en alguno de los tipos de obra y actividades incluidos en la matriz, estableciendo los requisitos de experiencia exigibles según la cantidad de SMMLV del presupuesto oficial del respectivo proceso de contratación.
Define el procedimiento obligatorio para determinar los requisitos de experiencia, vinculante para las entidades contratantes según la complejidad y cuantía del proyecto.
dentro de la experiencia general de la actividad 2.3 de la «Matriz 1 – Experiencia» de los documentos tipo en cuestión, se incluyó una Nota que indica que «[s]erá válida la experiencia que haya sido ejecutada a través de Construcción o Mejoramiento o Mantenimiento o Pavimentación o Repavimentación o Conservación de Vías en Asfalto Natural o Asfaltita». Al respecto, es importante precisar que se trata de una nota aclarativa, en el sentido de que, para efectos de la experiencia requerida y su acreditación, serán válidos también en aquellos proyectos en los que se hayan ejecutado actividades de construcción, mejoramiento, mantenimiento, pavimentación, repavimentación o conservación de vías en asfalto natural o en asfaltita.
Aclara el alcance de la experiencia exigida, permitiendo acreditar proyectos realizados con asfalto natural o asfaltita, sin limitarse a otras modalidades, y desvirtúa interpretaciones restrictivas.
MateriasDocumentos Tipo · Licitación Pública · Asfalto natural · Experiencia en infraestructura de transporte · Matriz de experiencia · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1640881122948-C-672.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-672 de 2021
NúmeroP20211116010558
Fecha del documento16 de noviembre de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ad2a84612602….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com