Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Respuesta a consulta sobre aplicación de documentos tipo en contratos de construcción o mejoramiento de puentes peatonales

2202013000011394 · 18 de noviembre de 2020

EpígrafeRespuesta a consulta sobre aplicación de documentos tipo en contratos de construcción o mejoramiento de puentes peatonales
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente, conceptúa que los proyectos para la construcción o mejoramiento de puentes peatonales deben contratarse mediante los documentos tipo establecidos para obras de infraestructura de transporte, siempre que se cumplan tres condiciones: que se trate de una obra pública de infraestructura de transporte, que el contratante sea una entidad sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y que el objeto contractual esté asociado a las actividades definidas en la «Matriz 1 – Experiencia» de los documentos tipo. La posición se fundamenta en que, aunque el mejoramiento no está expresamente previsto en el numeral 7.8 de la matriz (que alude a mantenimiento), la experiencia requerida para «reforzamiento» o «ampliación estructural» incluye actividades de mejoramiento. Se aclara que la aplicación concreta depende del objeto y alcance definidos por la entidad contratante.

Problema jurídico

Determinar si los documentos tipo adoptados mediante las Resoluciones 044, 045 y 094 de 2020 son obligatorios para contratos de construcción o mejoramiento de puentes peatonales

Fragmentos citables
De conformidad con lo anterior, los documentos tipo para «licitación» de «obra pública de infraestructura de transporte», así como los documentos tipo para los procedimientos de «selección abreviada de menor cuantía» y «mínima cuantía», son obligatorios para las entidades sometidas al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en la Ley 1882 de 2018 modificada por la Ley 2022 de 2020. Estos documentos tipo deben aplicarse los procedimientos de contratación para infraestructura de transporte enmarcadas en las actividades definidas en la Matriz 1.
Establece la regla general sobre la obligatoriedad de los documentos tipo para obras de infraestructura de transporte, incluyendo puentes peatonales, y define los criterios de aplicación.
En este sentido, el objeto de consulta está expresamente relacionado en el numeral «7.7. Construcción de puentes peatonales en estructura metálica o en concreto». No obstante, también es necesario analizar si los documentos tipo aplican a los proyectos de mejoramiento. Este punto amerita mayor discusión, pues –si bien la actividad también está relacionada con «obras en puentes»– el numeral 7.8 de la «Matriz 1 – Experiencia» de los documentos tipo adoptados mediante las Resoluciones No. 044, 045 y 094 de 2020 se refiere a los proyectos de «mantenimiento de puentes peatonales en estructura metálica o en concreto» (Énfasis fuera de texto).
Identifica el problema jurídico central: la inclusión o no de proyectos de mejoramiento de puentes peatonales dentro de los documentos tipo, al no estar expresamente previstos en la matriz.
En efecto, la matriz de los documentos tipo para los tres (3) procedimientos de selección objeto de consulta, exigen experiencia en la «construcción o reforzamiento o mantenimiento o ampliación estructural de puentes peatonales o vehiculares (metálicos o en concreto)». De esta manera, por medio del «reforzamiento» o de la «ampliación estructural» es posible adelantar actividades de mejoramiento, ya que –sin perjuicio de adelantar nuevas labores de «construcción»– es posible aumentar la resistencia o el tamaño de la obra inicialmente concebida, según sea el alcance del proyecto a contratar.
Explica el fundamento de la posición adoptada: la experiencia requerida en los documentos tipo incluye actividades de mejoramiento mediante reforzamiento o ampliación estructural.
MateriasContratación De Obra Pública · Contrato De Prestación De Servicios · Pliegos Tipo · Puentes peatonales · Contratación estatal · Características · Celebración sucesiva · Definición · Duración · Inexistencia de plazo legal máximo · Normas presupuestales · Práctica permitida · Temporalidad · Vigencia fiscal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1610651281492-C-685-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-685 de 2020
Número2202013000011394
Fecha del documento18 de noviembre de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: dc4d0764a996….

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