Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Contrato estatal de prestación de servicios: régimen jurídico, características generales, tipologías e insuficiencia de planta de personal
P20220907008980 · 7 de septiembre de 2022Contratación estatalcontratación directacontrato estatalcontrato estatal de prestación de serviciosinsuficiencia de planta de personalprestación de servicioscontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Contrato estatal de prestación de servicios: régimen jurídico, características generales, tipologías e insuficiencia de planta de personal |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-689 de 2022, fija la posición interpretativa sobre el alcance y características del contrato estatal de prestación de servicios, así como sobre la procedencia de la certificación de insuficiencia de planta de personal o necesidad de conocimientos especializados para su celebración. El texto conceptúa que este contrato, regulado en el numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y celebrado bajo la modalidad de contratación directa según la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, solo puede suscribirse para desarrollar actividades propias del funcionamiento o administración de la entidad estatal, excluyendo la cobertura de necesidades permanentes o recurrentes. Además, precisa que puede celebrarse con personas naturales o jurídicas, siempre que se justifique en los estudios previos la imposibilidad de realizarse con personal de planta o la necesidad de conocimientos especializados, sin que la idoneidad del contratista exima de este requisito. También señala que estos contratos son temporales, carecen de relación laboral, admiten cláusulas excepcionales y no requieren liquidación obligatoria. Respecto a la certificación de insuficiencia de planta, el documento conceptúa que es un requisito indispensable para su celebración, conforme al numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 y la Directiva Presidencial 08 de 2022, la cual exige justificar detalladamente la necesidad del servicio, incluso para contratos con personas jurídicas, y prohíbe su celebración cuando el personal de planta sea suficiente o existan cargos vacantes por más de seis meses. |
| Problema jurídico | Determinar la procedencia de la celebración de contratos de prestación de servicios con personas jurídicas y la obligatoriedad de certificar la insuficiencia de planta de personal de la entidad contratante |
| Fragmentos citables | Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable. La necesidad de estos contratos deberá justificarse detalladamente, caso a caso, en los documentos precontractuales, entre otros, con las cifras de procesos, el número de proyectos, la gestión mensual, razones de la complejidad del servicio a contratar y el tiempo durante el cual se requerirá ese apoyo, que en ningún caso tendrá vocación de permanencia. Cuando estos contratos sean necesarios por la insuficiencia del personal de planta, la respectiva entidad iniciará la adopción de las medidas que sean necesarias para asegurar que las correspondientes labores puedan ser desarrolladas por su personal de planta lo más pronto posible. El contrato de prestación de servicios es un contrato estatal típico, regulado en el numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, definido como el suscrito por las entidades del Estado con el objeto de apoyar y desarrollar actividades propias del funcionamiento y la administración de las entidades estatales. |
| Materias | Contratación Directa · Contrato Estatal · Contrato Estatal De Prestación De Servicios · Insuficiencia de planta de personal · Prestación de servicios · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1677691523569-C-689.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: b71b9b4e5d9d….
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