Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Contrato estatal de prestación de servicios – régimen jurídico, características generales, tipologías e insuficiencia de planta de personal
P20221111011306 · 26 de diciembre de 2022Contratación estatalcontratación directacontrato de prestación de servicioscontrato estatal de prestación de serviciosdirectiva presidencial 08 de 2022insuficiencia de planta de personalcontratación estatalcaracterísticas generalesdirectiva presidencial nº 08 de 2022procedenciarégimen jurídicotipologíasColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Contrato estatal de prestación de servicios – régimen jurídico, características generales, tipologías e insuficiencia de planta de personal |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-847 de 2022, conceptúa sobre el régimen jurídico, características generales y tipologías del contrato estatal de prestación de servicios, así como sobre la procedencia de la certificación de insuficiencia de planta de personal. Fija la posición de que este contrato, regulado en el numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, solo puede celebrarse para desarrollar actividades propias del funcionamiento o administración de la entidad estatal, mediante contratación directa, y exclusivamente cuando las actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. Además, precisa que puede suscribirse con personas naturales o jurídicas, siempre que se verifique su idoneidad y capacidad, y que su duración debe ser estrictamente indispensable, sin vocación de permanencia. El documento también conceptúa que la certificación de insuficiencia de planta de personal es un requisito aplicable indistintamente a personas naturales o jurídicas, y reitera la obligación de justificar detalladamente esta necesidad en los estudios previos, conforme a lo establecido en la Directiva Presidencial 08 de 2022, que enfatiza la racionalización del gasto público y la adopción de medidas para fortalecer la planta de personal de las entidades. |
| Problema jurídico | Determinar el régimen jurídico aplicable al contrato estatal de prestación de servicios, sus características, tipologías y la obligación de certificar insuficiencia de planta de personal o necesidad de conocimientos especializados |
| Fragmentos citables | Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable. Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita. |
| Materias | Contratación Directa · Contrato De Prestación De Servicios · Contrato Estatal De Prestación De Servicios · Directiva presidencial 08 de 2022 · Insuficiencia de planta de personal · Contratación estatal · Características generales · Directiva Presidencial Nº 08 de 2022 · Procedencia · Régimen jurídico · Tipologías |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1677769817609-C-847.docx |
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