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CONVENIOS DE ASOCIACIÓN CON ESAL: REQUISITOS, APORTES Y PROCESOS DE SELECCIÓN

1-2025-06-04-005434 · 15 de julio de 2025

EpígrafeCONVENIOS DE ASOCIACIÓN CON ESAL: REQUISITOS, APORTES Y PROCESOS DE SELECCIÓN
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de los convenios de asociación entre entidades públicas y Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), regulados por el Decreto 092 de 2017 y la Constitución Política. Fija la posición de que, para evitar un proceso competitivo en la selección de la ESAL, esta debe aportar recursos en dinero equivalentes al treinta por ciento (30%) del valor total del convenio, calculado sobre el monto total de recursos en dinero requeridos para su ejecución, sin que los aportes en especie puedan computarse para este porcentaje. Además, precisa que los aportes en especie son válidos, pero no eximen de la obligación de separar claramente los aportes de cada parte en la propuesta, garantizando transparencia y rendición de cuentas. También señala que la entidad pública debe verificar la idoneidad tributaria y legal de la ESAL, y que la contratación directa requiere un acto administrativo que justifique la causal legal y estudios previos que respalden su viabilidad. La respuesta se enmarca en los principios de transparencia, responsabilidad y economía de la Ley 80 de 1993, aplicables a estos convenios por remisión del Decreto 092 de 2017.

Problema jurídico

Determinar la validez jurídica de los aportes en especie para el cálculo del 30% requerido en convenios de asociación con ESAL, la obligatoriedad de desagregar aportes en la propuesta, los requisitos tributarios de las ESAL y la necesidad de acto administrativo y estudios previos para justificar la contratación directa.

Fragmentos citables
el artículo 5 del Decreto 092 de 2017 establece que, el proceso para la escogencia de la ESAL, por regla general, debe estar sujeto a competencia, salvo en aquellos casos en los que una ESAL manifieste su compromiso de aportar recursos en dinero por un valor igual o superior al treinta por ciento (30%) del valor total del convenio, siempre y cuando no existan otras ESAL que ofrezcan aportes en monto igual o superior a dicho porcentaje, pues en este evento también se tendría que realizar un proceso competitivo.
Establece la regla central del documento: el umbral del 30% en dinero para evitar procesos competitivos en convenios de asociación con ESAL.
el treinta por ciento (30%) señalado en el artículo 5 del Decreto 092 de 2017, que debe aportar la ESAL a efectos de poder celebrar el convenio sin acudir a un proceso competitivo, debe calcularse respecto del monto total de los recursos en dinero requeridos para la ejecución proyecto, el cual corresponderá al valor por el que se celebrará el convenio de asociación. De esta manera, los eventuales aportes en especie no podrán tenerse en cuenta para calcular el referido porcentaje, el cual debe ser en dinero.
Define el método de cálculo del 30% y excluye los aportes en especie para este propósito, aclarando un punto clave de la interpretación.
MateriasContratación Directa · Convenios De Asociación · Esal · Estudios Previos · Aporte económico · Contratación estatal · Contratos Con Esal · Convenios De Asosiación · Alcance · Aporte económico de la ESAL · Aportes · Aportes en dinero · Aportes en especie · Artículo 355 · Artículo 96 · Constitución · Fundamento · Ley 489 · Mecanismo de recaudo · Objeto · Treinta por ciento
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-711.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-711 de 2025
Número1-2025-06-04-005434
Fecha del documento15 de julio de 2025
Fecha de publicación21 de julio de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 7a82c45a767a….

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