Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Convenios solidarios con organismos de acción comunal

P20220916009333 · 31 de octubre de 2022

EpígrafeConvenios solidarios con organismos de acción comunal
Resumen

El documento conceptúa el alcance y régimen aplicable a los convenios solidarios celebrados entre entidades territoriales y organismos de acción comunal, con énfasis en las modificaciones introducidas por la Ley 2166 de 2021. Fija la posición de que, conforme al artículo 95 de esta última norma, los convenios solidarios pueden celebrarse por contratación directa entre entidades territoriales de cualquier orden (nacional, departamental, distrital o municipal) y cualquier tipo de organismo de acción comunal, siempre que su objeto sea la ejecución de obras y no supere la menor cuantía de la entidad. Además, precisa que estos convenios deben incluir la contratación de habitantes de la comunidad para la ejecución de las obras, permitir la inclusión de costos directos, administrativos y subsidios al representante legal, y exigir la presencia de personal técnico y administrativo-contable para supervisar su ejecución. El concepto reitera que este régimen no deroga los otros tres modelos de convenios solidarios previstos en la Ley 136 de 1994 y el Decreto 092 de 2017, sino que los complementa, manteniendo su vigencia para casos no cubiertos por el artículo 95.

Problema jurídico

Alcance y condiciones para que entidades territoriales (incluidos departamentos) celebren convenios solidarios con juntas de acción comunal sin consideración a la cuantía, fundados en el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021

Fragmentos citables
Artículo 95. Convenios Solidarios. Se autoriza a los entes territoriales del orden Nacional, Departamental, Distrital y municipal para celebrar directamente convenios solidarios con los Organismos de Acción Comunal con el fin de ejecutar obras hasta por la menor cuantía. Para la ejecución de estas deberán contratar con los habitantes de la comunidad.
Regla central del documento: establece los sujetos, objeto, cuantía y condición de contratación directa para los convenios solidarios bajo la Ley 2166 de 2021.
MateriasContratación Directa · Convenios Solidarios · Acción comunal · Entidades territoriales · Menor cuantía · Contratación estatal · Ley 136 De 1994 · Ley 2166 De 2021 · Ámbito de aplicación · Contratos de obra · Marco normativo · Organismos de acción comunal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1667939872005-C-717.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-717 de 2022
NúmeroP20220916009333
Fecha del documento31 de octubre de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 6fd5e8261bdd….

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