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Requisitos habilitantes y factores ponderables en la selección objetiva de la contratación estatal
P20221006010047 · 21 de noviembre de 2022Contratación estataldecreto ley 4170 de 2011requisitos habilitantesselección objetivafactores ponderablesley 1150 de 2007contratación estatalasignacion de puntajecomparación de ofertascontenidocriterios obligatorios para participar en los procedimientos de selección contractualrequisitos de ponderaciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Requisitos habilitantes y factores ponderables en la selección objetiva de la contratación estatal |
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| Resumen | Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de los requisitos habilitantes y los factores ponderables en los procesos de selección estatal, conforme a la Ley 1150 de 2007 y su desarrollo normativo. Fija la posición de que los requisitos habilitantes —como capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y organizacional— son condiciones mínimas de idoneidad del oferente para ejecutar el contrato, verificadas en una fase inicial de cumplimiento (habilitación o no), sin otorgar puntaje salvo excepciones legales, y no determinan la oferta más favorable. En contraste, los factores ponderables —técnicos, económicos o de calidad— son condiciones de la oferta misma que permiten comparar y seleccionar la propuesta más ventajosa para la entidad, pudiendo asignarse puntajes o evaluarse mediante análisis de relación costo-beneficio. La entidad debe precisar en el pliego de condiciones cuáles son requisitos habilitantes y cuáles factores ponderables, así como los criterios para su evaluación, garantizando el principio de selección objetiva. Se aclara que la falta de cumplimiento de requisitos ponderables no excluye al oferente habilitado, sino que reduce su puntaje o incide en la comparación de ofertas, salvo en procesos de mínima cuantía o para bienes de características uniformes, donde el único factor es el menor precio. |
| Problema jurídico | ¿Cómo se diferencian los requisitos habilitantes de los factores ponderables en los procesos de selección estatal y cuál es su incidencia en la escogencia de la oferta más favorable? |
| Fragmentos citables | el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 se refiere a algunos requisitos exigibles en la generalidad de procesos de selección adelantados conforme al EGCAP, tales como la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización, denominados requisitos habilitantes, los cuales –por expresa disposición legal– no otorgan puntaje, salvo que excepcionalmente se permita lo contrario. Esto comoquiera que dichos requisitos, no se refieren a la oferta misma sino a la idoneidad del oferente para asumir adecuadamente la ejecución del contrato. Los oferentes que cumplan estos requisitos habilitantes son considerados idóneos para ejecutar el objeto contractual, de manera que sus ofertas pueden ser consideradas en la evaluación dirigida a determinar cuál es la más favorable para la entidad y los fines de la contratación. En este sentido, los requisitos habilitantes son aquellos que deben cumplir en igualdad de condiciones los proponentes y cumplido el mínimo establecido en el pliego de condiciones o documento equivalente hacen que los proponentes se habiliten en el procedimiento de selección y sean susceptibles de ser seleccionados como futuros contratistas. En contraposición a los requisitos habilitantes, el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 regula los factores dirigidos a determinar cuál es la propuesta comparativamente más favorable. En ese sentido, el inciso primero dispone los factores de escogencia y calificación que deben indicarse en los pliegos de condiciones. El numeral segundo de esta norma establece que la oferta más favorable es aquella que resulte ser la más ventajosa para la entidad, una vez se realice la ponderación precisa y detallada de los factores técnicos y económicos de escogencia, de acuerdo con los parámetros establecidos en los pliegos de condiciones o equivalentes que permiten la comparación de ofertas. la asignación de puntaje es un mecanismo mediante el cual las entidades ponderan los factores de calificación ꟷv.g. técnicos y económicos, de calidad y precio, etc.ꟷ en un determinado proceso de selección, como se desprende del literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, en el que expresamente se alude al puntaje. Sin embargo, no es este el único mecanismo de ponderación que tienen a su alcance la Entidad Estatal para determinar el ofrecimiento más favorable, ya que el propio literal b) del artículo 5.2 posibilita que el ofrecimiento más favorable se determine con un análisis de la relación costo-beneficio, evento en el no habría necesidad de acudir obligatoriamente a sistemas de asignación de puntaje. |
| Materias | Decreto Ley 4170 de 2011 · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Factores ponderables · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal · Asignacion de puntaje · Comparación de ofertas · Contenido · Criterios Obligatorios Para Participar En Los Procedimientos De Selección Contractual · Requisitos de ponderación |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1677766586404-C-785.docx |
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