Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Procedencia y manejo de anticipos en contratos estatales: fiducia mercantil irrevocable y costos asociados

1_2025_06_19_006171 y 1_2025_06_19_006177 · 25 de julio de 2025

EpígrafeProcedencia y manejo de anticipos en contratos estatales: fiducia mercantil irrevocable y costos asociados
Resumen

Este documento conceptúa sobre el alcance normativo y jurisprudencial de la figura del anticipo en la contratación pública, precisando su naturaleza jurídica, límites y condiciones de aplicación. Fija la posición de que las condiciones relativas a la entrega y administración del anticipo mediante fiducia mercantil deben estar incorporadas en el pliego de condiciones o en la minuta contractual, con carácter vinculante para las partes durante todo el proceso contractual, incluyendo su ejecución y liquidación. Además, señala que el costo de la comisión fiduciaria puede incluirse dentro del componente de 'Administración' en la estructura de AIU, siempre que se ajuste a valores razonables y objetivos, sin afectar los recursos del anticipo. La autoridad fundamenta su postura en la autonomía de la voluntad de las partes, la jurisprudencia que define al anticipo como recurso público sujeto a amortización, y las normas que exigen su manejo a través de patrimonios autónomos irrevocables en contratos específicos, con el fin de garantizar su correcta inversión y prevenir actos de corrupción.

Problema jurídico

¿Las condiciones de entrega y administración del anticipo mediante fiducia mercantil deben estar incluidas en el pliego de condiciones o pueden incluirse únicamente en la minuta contractual? ¿Puede el costo de la comisión fiduciaria incluirse dentro del AIU?

Fragmentos citables
Así, de acuerdo con las consideraciones de la jurisprudencia y la doctrina, el anticipo es aquella suma de dinero entregada al contratista con la finalidad de apalancarlo financieramente para solventar los costos iniciales de la ejecución del contrato. Este dinero debe amortizarse de acuerdo al avance en la ejecución. De esta forma, los recursos entregados a título de anticipo son del erario, razón por la que debe garantizarse su buen manejo y correcta inversión.
Define la naturaleza jurídica del anticipo como recurso público sujeto a amortización, destacando su función financiera y la obligación de garantizar su correcta inversión.
MateriasAiu · Fiducia Mercantil · Anticipo · Contratación estatal · Constitución De Fiducia O Patrimonio Autónomo Irrevocable · Contrato De Fiducia Pública · Costos Comisión Fiduciaria · Artículo 91 · Autonomía de la voluntad · Decreto 1082 de 2015 · Definición jurisprudencial · Derechos y obligaciones recíprocas · Gastos administrativos · Ley 1474 de 2011 · Pliego de condiciones · Regulación normativa
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/07/C-814.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-814 de 2025
Número1_2025_06_19_006171 y 1_2025_06_19_006177
Fecha del documento25 de julio de 2025
Fecha de publicación28 de julio de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 8a2acaccc61a….

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