Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Naturaleza jurídica de las universidades públicas y régimen de contratación
P20221012010297 · 12 de octubre de 2022Contratación estatalconvenios interadministrativosley 2195 de 2022secop iipublicidad en secoprégimen de contrataciónuniversidades públicascontratación estatalpublicidad secopelemento esencialentidades estatales exceptuadas del estatuto general de contratación de la administración públicamodificación artículo 53 de la ley 2195 deplataforma alternativapublicidadrégimen jurídicoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Naturaleza jurídica de las universidades públicas y régimen de contratación / convenios interadministrativos: concepto y régimen jurídico / publicidad en SECOP para entidades con régimen especial |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre la naturaleza jurídica de las universidades públicas, el régimen de contratación aplicable a estas entidades y la obligatoriedad de publicar en el SECOP II los documentos relacionados con su actividad contractual, con fundamento en el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022. Precisa que los convenios interadministrativos celebrados entre universidades públicas y otras entidades estatales, como los convenios de cooperación interinstitucional para prácticas o judicatura de estudiantes, deben ser publicados en el SECOP II, independientemente de su denominación o régimen especial de contratación. Fundamenta su posición en la naturaleza orgánica de estos convenios, que los define como acuerdos entre entidades estatales, y en el principio de máxima publicidad que rige la contratación estatal. Además, aclara que la plataforma alternativa al SECOP II debe ser oficial y no puede ser sustituida por portales propios de las entidades, garantizando así la transparencia y el acceso ciudadano a la información contractual. |
| Problema jurídico | Determinar si un convenio de cooperación interinstitucional celebrado entre una universidad pública y una entidad del Estado para la realización de prácticas y/o judicatura de estudiantes debe ser publicado en SECOP |
| Fragmentos citables | El contrato o el convenio interadministrativo es el acuerdo donde concurre la voluntad de dos o más personas jurídicas de derecho público con la finalidad de cumplir, en el marco de sus objetivos misionales y sus competencias, con los fines del Estado. Es decir, los contratos o convenios interadministrativos están determinados por un criterio orgánico, pues es necesario que los extremos de la relación contractual sean entidades estatales. La Ley 2195 de 2022, por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción, dispone en su artículo 1, que esta Ley «[…] tiene por objeto adoptar disposiciones tendientes a prevenir los actos de corrupción, a reforzar la articulación y coordinación de las entidades del Estado y a recuperar los daños ocasionados por dichos actos con el fin de asegurar promover la cultura de la legalidad e integridad y recuperar la confianza ciudadana y el respeto por lo público». En cuanto a los documentos que deben ser publicados en el SECOP II a efectos de dar cumplimiento al mandato consagrado en el artículo 53 de la Ley 2195 de 2022, es preciso advertir que la disposición hace referencia a los documentos relacionados con su actividad contractual, la cual define como «[…] los documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratista, contratante, supervisor o interventor, tanto en la etapa precontractual, como en la contractual y la postcontractual». |
| Materias | Convenios Interadministrativos · Ley 2195 De 2022 · Secop Ii · Publicidad en SECOP · Régimen de contratación · Universidades públicas · Contratación estatal · Publicidad Secop · Elemento esencial · Entidades Estatales exceptuadas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública · Modificación artículo 53 de la Ley 2195 de · Plataforma Alternativa · Publicidad · Régimen jurídico |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1679890492027-C-815-de-2022.docx |
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