Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo – Matriz 1 de experiencia – Infraestructura de transporte – Acreditación de experiencia – Contratos con pluralidad de actividades
P20221025010745 · 9 de diciembre de 2022Contratación estataldocumentos tipoexperiencia en contratacióninfraestructura de transportepluralidad de actividades en experienciaseñalización vialcontratación estatalacreditación de experienciacontratos con pluralidad de actividadesgeneralidadesmatriz 1 de experienciaresolución 161 de 2021Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo – Matriz 1 de experiencia – Infraestructura de transporte – Acreditación de experiencia – Contratos con pluralidad de actividades |
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| Resumen | El documento conceptúa la forma en que debe evaluarse la experiencia en los contratos de infraestructura de transporte cuando estos contienen actividades plurales, de las cuales solo algunas se ajustan a los requisitos habilitantes exigidos en la Matriz 1 de los documentos tipo. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente precisa que, conforme a las modificaciones introducidas por las resoluciones 161 de 2021 y 304 de 2021, las entidades estatales deben descontar los valores, magnitudes y áreas construidas correspondientes a actividades ajenas a la experiencia requerida, evaluando únicamente lo atinente al objeto contractual que sí cumple con el requisito. Esta regla busca garantizar la idoneidad del contratista y facilitar la evaluación por parte de las entidades, evitando la inclusión de actividades no relacionadas con la infraestructura de transporte en la acreditación de experiencia. |
| Problema jurídico | Determinar si, en contratos con pluralidad de actividades, la entidad debe aceptar la totalidad del valor del contrato para acreditar experiencia específica cuando solo una parte de las actividades ejecutadas corresponde al requisito exigido, o si debe descontar los valores correspondientes a actividades ajenas al requisito. |
| Fragmentos citables | De conformidad con el literal A del numeral 3.5.1, de los documentos tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte versión 3, los contratos que sean aportados por un proponente deben dar cuenta de la ejecución de las actividades establecidas como requisitos de experiencia general y específica. Sin embargo, en estos documentos tipo −sin las modificaciones de la Resolución 161 de 2021−, cuando el contrato aportado para cumplir el requisito contenía actividades relacionadas con la experiencia exigida, y otras que no, la entidad debía fraccionar la evaluación de la experiencia a efectos de solo tener en cuenta lo atinente a la parte del objeto contractual que sí cumplía con el requisito habilitante, empleando para tal fin los documentos soporte allegados por el proponente. En los contratos aportados como experiencia que contengan actividades ejecutadas ajenas a la obra de infraestructura de transporte, la Entidad Estatal solo tendrá en cuenta los valores y magnitudes ejecutadas en este tipo de infraestructura. Para estos efectos, el proponente deberá acreditar los valores y magnitudes dentro del respectivo contrato, empleando alguno de los documentos válidos establecidos en el numeral 3.5.6 del pliego de condiciones. Además, se precisó que, de no lograrse la discriminación de los valores y magnitudes ejecutadas en el marco del respectivo contrato, la Entidad Estatal no lo tendrá en cuenta para la evaluación. La regla planteada por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente −que se mantiene hasta la actualidad− tiene dos finalidades: i) garantizar la idoneidad del futuro contratista evaluando solamente la experiencia que está relacionada directamente con el tipo de infraestructura a ejecutar y, además, ii) facilitar la evaluación a las Entidades Estatales en aquellos supuestos en que los documentos válidos aportados en la oferta no permitan discriminar el valor de las actividades correspondientes al objeto a ejecutar. |
| Materias | Documentos Tipo · Experiencia en contratación · Infraestructura de transporte · Pluralidad de actividades en experiencia · Señalización vial · Contratación estatal · Acreditación de experiencia · Contratos con pluralidad de actividades · Generalidades · Matriz 1 de experiencia · Resolución 161 de 2021 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1677770628246-C-848.docx |
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