Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Alcance jurídico de la expresión 'prestar por sus propios medios y con plena autonomía' en contratos de prestación de servicios de entidades públicas y límites de la autonomía contractual del contratista

1_2026_05_21_006849 · 1 de julio de 2026

EpígrafeAlcance jurídico de la expresión 'prestar por sus propios medios y con plena autonomía' en contratos de prestación de servicios de entidades públicas y límites de la autonomía contractual del contratista
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– conceptúa que la expresión «prestar por sus propios medios y con plena autonomía los servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión» en los contratos de prestación de servicios implica autonomía técnica y profesional del contratista, sin subordinación, y la provisión de medios necesarios para su ejecución, salvo que el objeto contractual exija lo contrario. Precisa que esta cláusula no habilita para trasladar al contratista cargas económicas propias de la entidad estatal, como logística, transporte o alimentación, pues tales gastos corresponden a la operación institucional y deben ser presupuestados por la entidad. Además, señala que los gastos inherentes al contratista (seguridad social, infraestructura) son de su cargo, mientras los misionales, operativos o logísticos son responsabilidad de la entidad contratante, en aplicación de los principios de planeación y equilibrio económico contractual.

Problema jurídico

Determinar el alcance jurídico de la expresión 'prestar por sus propios medios y con plena autonomía' en los contratos de prestación de servicios celebrados por entidades públicas y los límites de la autonomía contractual del contratista, especialmente frente a erogaciones adicionales no pactadas y la diferencia entre gastos inherentes al contratista y gastos misionales de la entidad.

Fragmentos citables
La expresión prestar por sus propios medios y con plena autonomía los servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión comporta un doble contenido que opera de manera articulada. Por una parte, la autonomía técnica y profesional, en la medida en que el contratista ejecuta el objeto contractual con independencia, sin subordinación frente a la Entidad Estatal. Por otra, la provisión de los medios necesarios para dicha ejecución, que incluye herramientas, equipos, insumos, entre otros, propios de su actividad como profesional independiente.
Define el alcance jurídico de la autonomía del contratista en el contrato de prestación de servicios, diferenciando su independencia técnica de la provisión de medios.
Por lo expuesto, es necesario precisar que interpretar la cláusula por sus propios medios como habilitante para trasladar al contratista cargas administrativas propias de la entidad resulta contrario a los principios que rigen la contratación estatal. En este sentido, las cláusulas contractuales deben interpretarse de buena fe y conforme a su finalidad. Así, la autonomía del contratista tiene como propósito preservar su independencia técnica y profesional, mas no financiar la operación institucional de las Entidades Estatales.
Establece el límite jurídico de la autonomía contractual, prohibiendo que se traslade al contratista gastos propios de la entidad estatal.
MateriasDecreto 1082 De 2015 · Autonomía del contratista · Gastos inherentes al contratista · Gastos misionales de la entidad · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Principio de planeación presupuestal · Contratación estatal · Contrato De Prestación De Servicios · Contrato De Prestación De Servicios Profesionales · Autonomía de la entidad para calcular forma de pago · Características · Definición · Facultad · Gastos de desplazamiento, manutención y hospedaje · Pacto · Reconocimiento · Régimen jurídico · Régimen legal · Tipologías
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/07/C-848.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-848 de 2026
Número1_2026_05_21_006849
Fecha del documento1 de julio de 2026
Fecha de publicación2 de julio de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2a051c17dfe5….

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