Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Limitación territorial – Facultad discrecional
1_2025_07_08_006838 · 15 de agosto de 2025Contratación estatalcontratacion públicadecreto 1082 de 2015decreto 1860 de 2021decreto ley 4170 de 2011ley 1150 de 2007ley 80 de 1993contratación estatalconvocatorias limitadas a mipymes en el ámbito territorialfacultad discrecionallimitación territorialColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | CONVOCATORIAS LIMITADAS A MIPYMES EN EL ÁMBITO TERRITORIAL – Limitación territorial – Facultad discrecional |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-897 de 2025, fija la posición interpretativa sobre la facultad discrecional de las entidades estatales para limitar territorialmente convocatorias a MiPymes en procesos de contratación pública. La autoridad conceptúa que, cumplidos los requisitos legales establecidos en el Decreto 1082 de 2015 (modificado por el Decreto 1860 de 2021), las entidades pueden decidir restringir la participación a MiPymes domiciliadas en el municipio o departamento donde se ejecutará el contrato, siempre que esta decisión se ajuste a los fines de la norma, esté motivada en estudios del sector y no sea arbitraria. Además, precisa que la limitación territorial depende del lugar de ejecución del contrato y no del régimen de la entidad contratante, aunque recomienda que las condiciones de dicha limitación se definan ex ante en los pliegos de condiciones. El concepto advierte que el análisis de casos concretos corresponde a las entidades o, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales, fiscales o disciplinarias, sin que la Agencia valide actuaciones particulares. |
| Problema jurídico | ¿Procede la limitación territorial de una convocatoria a Mipymes con domicilio en un departamento cuando la entidad que lleva a cabo el proceso es del orden municipal? |
| Fragmentos citables | De esta manera, las afirmaciones aquí realizadas no pueden ser interpretadas como juicios de valor sobre circunstancias concretas relacionadas con los hechos que motivan la consulta. Por lo anterior, previo concepto de sus asesores, la solución de situaciones particulares corresponde a los interesados adoptar la decisión correspondiente y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales, fiscales y disciplinarias. |
| Materias | Contratacion Pública · Decreto 1082 De 2015 · Decreto 1860 De 2021 · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Contratación estatal · Convocatorias Limitadas A Mipymes En El Ámbito Territorial · Facultad discrecional · Limitación territorial |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C-897.docx |
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