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Ley de Garantías Electorales: restricciones contractuales durante periodos preelectorales
1_2025_07_08_006862 · 15 de agosto de 2025Contratación estatalcontratación directarestricciones preelectoralesservicios profesionalescontratación estatalley de garantías electoralescomicios aplicablesdestinatariosfinalidadley 996 de 2005restricciones contractualesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de Garantías Electorales: restricciones contractuales durante periodos preelectorales |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente –, conceptúa sobre el alcance de las restricciones contractuales previstas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) durante los períodos preelectorales. Fija la posición de que la prohibición de contratación directa establecida en el artículo 33 de dicha ley opera exclusivamente durante los cuatro meses anteriores a las elecciones presidenciales, con excepciones tasadas, mientras que la restricción del parágrafo del artículo 38 aplica a cualquier tipo de elección y prohíbe a autoridades territoriales destinar recursos públicos a actividades proselitistas o celebrar convenios interadministrativos para ejecución de recursos. Además, precisa que la prohibición de contratación directa incluye cualquier sistema de selección que no garantice convocatoria pública y pluralidad de oferentes, excluyendo modalidades como licitación pública, concurso de méritos, selección abreviada o mínima cuantía. El documento enfatiza que estas restricciones buscan preservar la igualdad entre candidatos y evitar el uso irregular de recursos estatales, y que su interpretación debe ser restrictiva conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional. |
| Problema jurídico | Determinar si existe restricción para celebrar contratos de prestación de servicios por parte de entidades públicas durante la vigencia de la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005) y para qué tipo de elecciones aplica |
| Fragmentos citables | la Ley 996 de 2005, conocida como “Ley de Garantías Electorales”, se suma al andamiaje de orden constitucional y legal que se ha ocupado de evitar la injerencia inadecuada de intereses particulares en el ejercicio de la función pública. Esta Ley tiene como propósito evitar cualquier tipo de arbitrariedad, de ventaja injustificada, de uso irregular de los recursos del Estado en las campañas o falta de garantías en la elección presidencial. el parágrafo del artículo 38 de la precitada Ley prevé una restricción aplicable respecto de cualquier tipo de contienda electoral, que prohíbe a los gobernadores, alcaldes municipales o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital “[…] celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, ni participar, promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, como tampoco de las que participen como miembro de sus juntas directivas, en o para reuniones de carácter proselitista”. la prohibición del artículo 33 de la Ley de Garantías Electorales se refiere a “cualquier sistema que no implique convocatoria pública y posibilidad de pluralidad de oferentes”, por lo que excluye las demás modalidades de contratación previstas en la Ley 1150 de 2007, es decir, la licitación pública, la selección abreviada, el concurso de méritos y la mínima cuantía u otros previstos en normas especiales. |
| Materias | Contratación Directa · Restricciones preelectorales · Servicios profesionales · Contratación estatal · Ley De Garantías Electorales · Comicios aplicables · Destinatarios · Finalidad · Ley 996 de 2005 · Restricciones contractuales |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C-902.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 56cf0946e0da….
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