Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Convenios solidarios entre organismos de acción comunal y entidades públicas: marco jurídico y modalidades

P20241122011796

EpígrafeConvenios solidarios entre organismos de acción comunal y entidades públicas: marco jurídico y modalidades
Resumen

Este documento conceptúa sobre el marco jurídico aplicable a la celebración de convenios solidarios entre organismos de acción comunal y entidades públicas territoriales o nacionales, precisando su alcance, modalidades y límites. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– fija la posición de que, conforme al artículo 95 de la Ley 2166 de 2021, estos convenios solo pueden celebrarse mediante contratación directa para la ejecución de obras hasta por la menor cuantía de la entidad estatal, incluyendo costos directos, administrativos y subsidios, pero excluyendo otros objetos contractuales. Además, se señala que la menor cuantía se determina según el presupuesto anual de la entidad en salarios mínimos legales mensuales, y que los organismos de acción comunal deben limitar su actuación a su territorio delimitado. También se reconoce la existencia de otros regímenes para convenios solidarios con objetos distintos a obras, regulados por normas como el parágrafo 2 del artículo 63 de la Ley 2166 de 2021 y el numeral 16 del artículo 3 de la Ley 136 de 1994, pero estos no aplican para la modalidad de contratación directa prevista en el artículo 95.

Problema jurídico

Determinar el marco jurídico y las modalidades para que un organismo de Acción Comunal pueda celebrar convenios solidarios con entidades públicas de orden departamental, distrital o municipal

Fragmentos citables
De acuerdo con lo señalado, el documento tipo adoptado por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante la Resolución 358 del 30 de junio de 2023, tiene como fundamento el régimen de contratación directa de los convenios solidarios señalado en el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021, por lo que únicamente puede realizarse conforme a lo dispuesto en dicha norma, de manera que podrán celebrarse hasta por la menor cuantía de la entidad estatal sometida al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Explica la base normativa del documento tipo para convenios solidarios y su vinculación exclusiva con el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021.
MateriasContratación Directa · Ley 2166 De 2021 · Organismos De Acción Comunal · Decreto 142 de 2023 · Entidades públicas · Menor cuantía · Contratación estatal · Documentos Tipo De Convenios Solidarios · Artículo 95 · Convenios Solidarios
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/12/C-915.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-915 de 2024
NúmeroP20241122011796
Fecha de publicación11 de diciembre de 2024
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 2d2af1996522….

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