Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Marco jurídico para la suspensión del contrato de prestación de servicios por incapacidad y pago de auxilio por incapacidad
1_2025_07_11_007070 · 22 de agosto de 2025Contratación estatalauxilio por incapacidadincapacidad del contratistasuspensión de contratoscontratación estatalcontratos de prestación de serviciossuspensión de contratoconceptoefectos en el plazo de ejecución pactadogeneralidadesincapacidadrequisitos mínimosColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Marco jurídico para la suspensión del contrato de prestación de servicios por incapacidad y pago de auxilio por incapacidad |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el marco jurídico aplicable a la suspensión de contratos de prestación de servicios por incapacidad del contratista, así como la viabilidad de continuar con la ejecución contractual mientras se tramita el auxilio por incapacidad. La autoridad fija la posición de que la obtención del auxilio por incapacidad de origen común implica necesariamente la imposibilidad de cumplir con las obligaciones contractuales, lo que justifica la suspensión del contrato durante el período de la incapacidad. Señala que, conforme a la normativa del Sistema General de Seguridad Social en Salud, la incapacidad de origen común se define como un estado de inhabilidad física o mental que impide desarrollar la capacidad laboral, por lo que su reconocimiento conlleva la imposibilidad de ejecutar el objeto contractual. Además, advierte que la simultánea ejecución del contrato y el cobro del auxilio por incapacidad resulta contradictorio con la finalidad de este último, pudiendo configurar irregularidades sujetas a investigación. La suspensión, según precisa, puede acordarse entre las partes o darse por fuerza mayor, pero debe ajustarse a criterios de razonabilidad y proporcionalidad, sin exceder los límites temporales o presupuestales establecidos por la normativa de contratación pública. |
| Problema jurídico | Determinar el marco jurídico aplicable a la suspensión de contratos de prestación de servicios por incapacidad del contratista y si procede continuar con la ejecución y pagos cuando el contratista tramita y recibe auxilio por incapacidad |
| Fragmentos citables | Uno de los motivos por el cual los contratos de prestación de servicios suelen ser materia de suspensión son los eventos que afectan la salud del contratista, de manera que resulta razonable convenir la suspensión del contrato durante el periodo necesario para superar la circunstancia incapacitante. En estos eventos, lo usual es suspender el contrato durante el periodo de la incapacidad, reiniciando la ejecución al cabo de la misma. Otra opción para pactar la suspensión del contrato en estos eventos, sin que se reduzca el valor del contrato, consiste en extender el plazo de ejecución, por un periodo equivalente al lapso durante el cual estuvo suspendido. En virtud de lo anterior, cuando un contratista pretende el pago del auxilio por una incapacidad de origen común, ésta implica que se encuentra en un estado de inhabilidad que le impide a desarrollar su capacidad laboral por ese periodo tiempo. Con lo cual, al hacer efectiva la incapacidad, el contratista reconoce que se encuentra en un estado que le impide ejecutar las obligaciones del contrato, pues si la condición física o mental no imposibilita el desarrollo de las actividades a su cargo, no se cumple con la definición misma de “incapacidad de origen común” establecida en la normativa del SGSS en salud. La suspensión del contrato debe estar sujeta a un plazo o al cumplimiento de una condición pactada con criterios de razonabilidad y proporcionalidad entre las partes, acorde con la situación que se presente en cada caso, ya que la finalidad de la suspensión de un contrato estatal, como medida excepcional, está encaminada a reconocer la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o de interés público que impiden la ejecución temporal del negocio jurídico, y es precisamente por este motivo que no puede permanecer indefinida en el tiempo. |
| Materias | Auxilio por incapacidad · Incapacidad del contratista · Suspensión de contratos · Contratación estatal · Contratos De Prestación De Servicios · Suspensión De Contrato · Concepto · Efectos en el plazo de ejecución pactado · Generalidades · Incapacidad · Requisitos mínimos |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C-925.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: d5c18c984750….
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