Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Aplicación obligatoria de Documentos Tipo en contratos interadministrativos de administración delegada entre entidades estatales y Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) con régimen especial
1_2025_07_13_007080 · 19 de agosto de 2025Contratación estataladministración delegadacontratos interadministrativosdocumentos tipoley 2195 de 2022ley 2022 de 2020contratación estatalalcanceámbito de aplicaciónaplicaciónartículo 56entidades sometidasestatuto general de contratación de la administración públicafundamento normativoobligatoriedadparágrafopersonas jurídicas de derecho privadoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Aplicación obligatoria de Documentos Tipo en contratos interadministrativos de administración delegada entre entidades estatales y Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) con régimen especial |
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| Resumen | El documento conceptúa que la aplicación obligatoria de los Documentos Tipo, expedidos por Colombia Compra Eficiente, se extiende a los contratos o convenios interadministrativos celebrados entre entidades estatales regidas por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) y sujetos de régimen especial o derecho privado, incluyendo Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) con régimen especial, siempre que el objeto contractual se encuentre dentro del ámbito de aplicación de dichos documentos. La norma, contenida en el artículo 56 de la Ley 2195 de 2022, busca evitar la elusión del EGCAP y los Documentos Tipo mediante la tercerización de la contratación a entidades exceptuadas. No obstante, se exceptúa de esta obligatoriedad la contratación relacionada con el giro ordinario de instituciones de educación superior públicas, empresas sociales del Estado, sociedades de economía mixta y EICE, salvo que sus manuales internos dispongan lo contrario como buena práctica. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– fundamenta su posición en la interpretación literal y teleológica de la Ley 2195 de 2022, así como en la jurisprudencia unificada de conceptos previos, resolviendo que los contratos interadministrativos de administración delegada entre un municipio y una EICE con régimen especial deben regirse por los Documentos Tipo y el EGCAP cuando el objeto contractual corresponda a actividades cubiertas por estos documentos. |
| Problema jurídico | ¿En virtud del artículo 56 de la Ley 2195 de 2022, se debe aplicar los documentos tipo cuando se celebre un contrato de administración delegada entre una entidad municipal y una Empresa Industrial y Comercial del Estado? |
| Fragmentos citables | De acuerdo con lo señalado en el concepto unificado C-870 del 13 de agosto de 2025, esta Agencia estimó que la interpretación más adecuada de artículo 56 de la Ley 2195 de 2022, atendiendo a su tenor literal y al espíritu de la misma corresponde a que la norma busca extender la aplicación obligatoria de los documentos tipo a la celebración de contratos o convenios interadministrativos entre entidades regidas por EGCAP y otros sujetos cuyo régimen de contratación prevalente es el derecho privado. En este sentido, cuando se celebra un contrato interadministrativo de administración delegada entre una entidad sometida al EGCAP y una empresa industrial y comercial del Estado – EICE - con régimen especial, del cual se derive la ejecución de objetos contractuales incluidos dentro del ámbito de aplicación de los documentos tipo, su celebración deberá realizarse haciendo uso obligatorio de dichos documentos siempre que exista documentos tipo aplicables al objeto contractual que se planea contratar. Parágrafo. Se exceptúan del presente artículo las Instituciones de Educación Superior públicas, las empresas sociales del Estado, las sociedades de economía mixta y las empresas industriales y comerciales del Estado, únicamente en cuanto a la contratación de su giro ordinario. En estos casos, en los manuales de contratación de estas entidades, se fomentará como buena práctica la aplicación de los pliegos tipo. |
| Materias | Administración Delegada · Contratos Interadministrativos · Documentos Tipo · Ley 2195 De 2022 · Ley 2022 de 2020 · Contratación estatal · Alcance · Ámbito de aplicación · Aplicación · Artículo 56 · Entidades sometidas · Estatuto general de contratación de la administración pública · Fundamento normativo · Obligatoriedad · Parágrafo · Personas jurídicas de derecho privado |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/08/C-929.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 63a2e5120888….
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