Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Experiencia en sociedades comerciales: figuras y reformas estatutarias
P20240201000981 y P20240201000982 · 11 de marzo de 2024Contratación estatalexperienciaregistro único de proponentesescisión societariafusión societariasociedades comercialestransformación societariacontratación estatalabsorciónconceptoconservaciónescisiónfusiónmenor a 3 años de constituciónsociedadestransformaciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Experiencia en sociedades comerciales: figuras y reformas estatutarias |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y tratamiento de la experiencia como requisito habilitante en la contratación pública, precisando su naturaleza personal e intransferible, salvo excepciones. La autoridad fija la posición de que la experiencia se adquiere mediante participación directa o indirecta en contratos ejecutados, siendo inherente a quien la obtuvo. Sin embargo, reconoce excepciones en figuras como la transformación societaria, donde la sociedad mantiene su continuidad jurídica sin disolverse ni liquidarse, conservando su experiencia. En la fusión, la experiencia puede transferirse a la sociedad resultante cuando la absorbida no se liquida, pues persiste como entidad jurídica. En cambio, en la escisión, la experiencia no se transfiere, ya que la sociedad escindida o desaparece o fracciona su patrimonio, impidiendo la continuidad de su experiencia. Además, conceptúa sobre la acreditación de experiencia de socios en sociedades con menos de tres años de constitución, permitiendo que estas acrediten la experiencia de sus accionistas o socios como propia, bajo el principio de que donde el legislador no distingue, no le es dado al intérprete hacerlo. |
| Problema jurídico | Determinar la transferibilidad de la experiencia en figuras y reformas estatutarias de sociedades comerciales (transformación, escisión, fusión) y la acreditación de experiencia de socios en sociedades con menos de tres años de constitución. |
| Fragmentos citables | La experiencia es personal, esto es, se adquiere participando, directa o indirectamente, sin que sea posible no hacerlo y tener experiencia. En la fusión por absorción o creación de una nueva sociedad es posible que la sociedad absorbente o la nueva obtenga la experiencia de la absorbida, porque esta última continuó a través de la primera, y ello implica que transfirió su experiencia debido a que no se liquidó, es decir, no desapareció, lo que haría imposible la transferencia de experiencia. Para la primera modalidad de escisión, teniendo en cuenta que la sociedad continúa sin alteraciones, esta puede compartir la experiencia a través de esquemas asociativos, pero no la transfiere, porque para ello tendría que «disolverse» sin «liquidarse», puesto que la «liquidación» implicaría que desaparece la persona y así su experiencia. |
| Materias | Experiencia · Registro Único De Proponentes · Escisión societaria · Fusión societaria · Sociedades comerciales · Transformación societaria · Contratación estatal · Absorción · Concepto · Conservación · Escisión · Fusión · Menor a 3 años de constitución · Sociedades · Transformación |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-019-2.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 9360b6a0df57….
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