Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Procedimiento de selección abreviada en contratación estatal: fundamentos normativos, ampliación de plazos y autonomía de las entidades
2202013000003418 · 5 de mayo de 2020Contratación estataladendasautonomía de las entidadesplazo para presentar ofertasselección abreviadacontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Procedimiento de selección abreviada en contratación estatal: fundamentos normativos, ampliación de plazos y autonomía de las entidades |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre la posibilidad de ampliar el plazo para la entrega de ofertas en los procedimientos de selección abreviada, precisando su fundamento normativo, alcances y límites. La Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente fija la posición de que, aunque la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015 no regulan expresamente esta ampliación, la misma puede realizarse mediante adendas al cronograma, fundamentada en la autonomía y discrecionalidad que otorga el artículo 2.2.1.1.2.2.1 del Decreto 1082 de 2015. Sin embargo, advierte que la ampliación debe ser razonable y proporcional, alineada con los principios de economía, eficacia y continuidad de los servicios públicos, sin que exista un límite preestablecido como en la licitación pública. Además, distingue entre modificaciones a las condiciones técnicas, jurídicas y económicas del pliego —prohibidas después de presentadas las ofertas— y ajustes al cronograma, que sí pueden realizarse incluso después del vencimiento del plazo para recibir propuestas, siempre antes de la adjudicación del contrato. |
| Problema jurídico | Determinar si es posible ampliar el plazo para presentar ofertas en los procedimientos de selección abreviada y, en caso afirmativo, establecer los límites y fundamentos normativos aplicables |
| Fragmentos citables | Se trata de un procedimiento que, conforme a la reglamentación que expida el Gobierno Nacional, agiliza la contratación estatal en los eventos en que no se justifica adelantar una licitación pública, pero tampoco limitar la participación de los proponentes como en la contratación directa, de forma tal que es un mecanismo de selección objetiva que asegura una mayor concurrencia de participantes sin sacrificar los principios de eficacia y eficiencia en el proceso de selección. Aunque esta norma autoriza ampliar de los plazos del cronograma, incluido el plazo para la entrega de propuestas, no establece un límite como el previsto para la licitación pública en el artículo 30, numeral 5, del Estatuto General, razón por la cual las entidades tienen un margen de autonomía y de discrecionalidad para establecerlo en el procedimiento de selección abreviada. |
| Materias | Adendas · Autonomía de las entidades · Plazo para presentar ofertas · Selección abreviada · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597152442265-C-002-de-2020.docx |
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