Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Concepto sobre documentos tipo, experiencia y capacidad residual en contratación pública de infraestructura de transporte
28 de marzo de 2023Contratación estatalcapacidad residualdocumentos tipoclasificador unspscexperiencia en contratación públicacontratación estatalclasificador de bienes y servicioscombinación de experienciaexperienciaexperiencia adicionalbienes y servicios adicionales a la obra públicacausales de rechazo de la ofertadocumentos válidosinfraestructura de transportelicitación de obra pública de infraestructura de transporteColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concepto sobre documentos tipo, experiencia y capacidad residual en contratación pública de infraestructura de transporte |
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| Resumen | El documento conceptúa la aplicación de los documentos tipo en licitaciones de obra pública de infraestructura de transporte, precisando los alcances y límites de la exigencia de experiencia, tanto general como adicional, en procesos de selección. Fija la posición de que las entidades solo pueden requerir experiencia adicional para bienes o servicios no incluidos en la Matriz 1 – Experiencia cuando estos sean relevantes para evaluar la idoneidad del contratista, bajo estrictos parámetros que garantizan la pluralidad de oferentes, como la verificación de condiciones de mercado y la prohibición de exigir códigos UNSPSC distintos al segmento 72 para actividades ajenas a la obra pública. Además, conceptúa sobre la combinación de experiencias entre actividades de diferentes matrices, señalando que debe aplicarse el clasificador UNSPSC solo al segmento 72 para obras de infraestructura de transporte, y que los contratos aportados para acreditar experiencia adicional no deben contabilizarse para el cumplimiento del numeral 3.5.8 ni vincularse a códigos UNSPSC no correspondientes. También fija la posición sobre la capacidad residual, estableciendo que el valor ejecutado de los contratos debe verificarse con los documentos soporte aportados por el proponente, y que no es obligatorio relacionar todos los contratos inscritos en el RUP con el segmento 72, salvo que el pliego de condiciones lo exija expresamente. Finalmente, conceptúa sobre las causales de rechazo de ofertas, precisando que son taxativas y de interpretación estricta, especialmente en lo relacionado con la omisión de información sobre contratos en ejecución. |
| Problema jurídico | Aplicación de documentos tipo, experiencia adicional y capacidad residual en procesos de contratación de infraestructura de transporte |
| Fragmentos citables | De acuerdo con las condiciones fijadas en el “Documento Base” de la Resolución No. 240 del 27 de noviembre de 2020, modificado por la Resolución No. 275 de 2022, la acreditación del requisito habilitante de experiencia se aborda desde distintos criterios. En primer lugar, los contratos presentados por los proponentes deben corresponder a la actividad o actividades de experiencia general y específica que la entidad exija en el pliego de condiciones, de acuerdo con los parámetros señalados en la Matriz 1. En segundo lugar, los proponentes deben acreditar el cumplimiento de las condiciones fijadas con mínimo uno (1) y máximo cinco (5) contratos, que debieron terminar antes de la fecha de cierre del Proceso de Contratación. Cuando la entidad requiere bienes y servicios que no se encuentran incluidos como obra de infraestructura de transporte en la “Matriz 1 – Experiencia” y considera necesario exigir experiencia adicional, se debe aplicar el artículo 4 de la Resolución No. 240 de 2020. Esta norma dispone los eventos en los que el objeto contractual incluye bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de transporte. En este caso, la entidad puede incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de los bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura de transporte. Para ello, se deben seguir los siguientes parámetros: i) demostrar en los estudios previos que han verificado las condiciones de mercado para la adquisición de los bienes o servicios adicionales al componente de obra pública, de tal forma que la experiencia adicional garantiza la pluralidad de oferentes, ii) conservar los requisitos exigidos en los documentos tipo, iii) abstenerse de pedir experiencia exclusiva con entidades estatales, experiencia previa en un territorio específico, limitada en el tiempo o que incluya volúmenes o cantidades de obra específica, iv) clasificar la experiencia requerida solo hasta el tercer nivel del clasificador de bienes y servicios, así como incluir exclusivamente los códigos que estén relacionados directamente con el objeto a contratar. |
| Materias | Capacidad Residual · Documentos Tipo · Clasificador UNSPSC · Experiencia en contratación pública · Contratación estatal · Clasificador De Bienes Y Servicios · Combinación De Experiencia · Experiencia · Experiencia Adicional · Bienes Y Servicios Adicionales A La Obra Pública · Causales De Rechazo De La Oferta · Documentos válidos · Infraestructura de transporte · Licitación de obra pública de infraestructura de transporte |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1680130848100-C-053-de-2023.docx |
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